El fiscal superior de Extremadura, Francisco Javier Montero Juanes.

El fiscal superior de Extremadura, Francisco Javier Montero Juanes. E.E.

Tribunales

El fiscal recurre al TSJM para desactivar el envío al Supremo de la causa por la filtración de datos del novio de Ayuso

6 octubre, 2024 03:26

El fiscal ha pedido a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que revise -y revoque- la decisión del magistrado Francisco José Goyena de elevar al Supremo una exposición razonada contra el fiscal general, Álvaro García Ortiz, por la difusión de una nota de prensa relativa a la denuncia por delito fiscal interpuesta contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

"Esa nota de prensa es perfectamente legal, no desvela ningún secreto, todos y cada uno de sus apartados estaban ya en el momento de la distribución de la nota publicados en medios de comunicación social", afirma el fiscal superior de Extremadura, Francisco Javier Montero, representante del Ministerio Público en el procedimiento abierto por el TSJM tras una querella presentada por González Amador por un supuesto delito de revelación de secretos.

La Sala Penal del Tribunal Supremo no ha decidido aún si abre o no una causa al fiscal general por el contenido de esa nota de prensa que, según Goyena, "contiene una exhaustiva, minuciosa y detallada narración de los hechos, datos y circunstancias" relativos a la denuncia contra la pareja de Ayuso, "conversaciones internas entre el fiscal encargado del asunto y la defensa del querellante, resultado de las mismas y que desembocan en la presentación de una denuncia por la Fiscalía y el ofrecimiento de un acuerdo".

A su juicio, esa información "no puede ser revelada a terceros" y supone una infracción del deber de reserva de la Fiscalía. 

El fiscal superior de Extremadura no comparte en absoluto la interpretación de Goyena y ha querido agotar, con un recurso de apelación al TSJM, las vías de combatir la exposición enviada al Supremo, que coloca en una comprometida situación a García Ortiz.

Para Montero, lo procedente es "el sobreseimiento libre de las diligencias, al considerar que la difusión el 14 de marzo de 2023 de la nota de prensa de la Fiscalía carece de relevancia o trascendencia penal".

El fiscal reprocha a Goyena que afirme que los datos contenidos en la nota de prensa "exceden a lo que aparece divulgado en la Prensa" sin justificar esa afirmación.

El recurso analiza párrafo a párrafo el comunicado de la Fiscalía y concreta una a una las informaciones de los distintos medios de comunicación en las que los datos habían aparecido con anterioridad.

También cuestiona la afirmación del magistrado instructor sobre el "perjuicio" causado al derecho de defensa cuando "tampoco nada se dice en qué han resultado afectados en concreto esos derechos", señala el recurso.

Montero sostiene que "después de que diversos medios de comunicación difundieran el contenido de algunos de los correos electrónicos intercambiados entre el letrado defensor de Alberto González Amador y un representante del Ministerio Fiscal, la nota de prensa difundida por la Fiscalía Provincial de Madrid se limitaba a ejercer su deber de informar a la opinión pública con absoluta transparencia, prudencia y dentro de los márgenes y límites que marca nuestro ordenamiento jurídico y la Instrucción de la Fiscalía sobre las relaciones con los medios de comunicación".

"Tal comunicación no contenía información que pudiera perjudicar el derecho de defensa ni datos de carácter confidencial que tuvieren incidencia procesal alguna en un ulterior procedimiento judicial [contra González Amador] que en ese momento aún no había sido incoado", añade.

Comienzo de la 'Nota informativa' de la Fiscalía Provincial de Madrid, objeto de la querella de Alberto González Amador./

Comienzo de la 'Nota informativa' de la Fiscalía Provincial de Madrid, objeto de la querella de Alberto González Amador./ E.E.

El recurso recuerda que la interposición de la denuncia por delito fiscal contra la pareja de Ayuso había suscitado el interés general. Y algunos medios de comunicación estaban difundiendo información falsa en el sentido de que el fiscal del caso había propuesto a González Amador un pacto para que asumiera los hechos delictivos, pacto que habrían frustrado los superiores del fiscal con el fin de que la pareja de la presidenta madrileña fuera a juicio.

La realidad era que el pacto había sido ofrecido al fiscal por la defensa de González Amador en un correo electrónico en el que afirmaba que "ciertamente, se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública".

Goyena no ve revelación de secretos en la difusión por distintos medios de los correos electrónicos de la defensa de González Amador y del fiscal. Pero sí la ve en una nota de prensa en la que la Fiscalía "se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, los infundios publicados por los diarios El Mundo y Libertad Digital, así como por el jefe del Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid" en el sentido de que el pacto para asumir el delito había sido propuesto por el fiscal.

"Faltaban clamorosamente a la verdad y confundían al lector poniendo de manifiesto unas actitudes por parte de la Fiscalía incompatibles con sus misiones constitucionales y la defensa de la legalidad", afirma el recurso.

La presidenta de la Comunidad de Madrid había hecho declaraciones en las que tildaba la situación de persecución, que era un caso turbio de los poderes del Estado y que se estaban usando todos los poderes del mismo contra su pareja.

"Excesos inexistentes"

"En este contexto de desinformación y falta de veracidad se encuentra la necesidad, además de defender la imparcialidad de un órgano de naturaleza constitucional como es el Ministerio Fiscal y a sus propios integrantes que desarrollan sus funciones con absoluta profesionalidad, de dar información auténtica y fidedigna que corrobore la realidad de los hechos", señala.

"La nota de prensa no se excede en ningún punto de lo ya publicado, y no deja de ser sorprendente que no se determinen cuáles son esos excesos", subraya. "La razón es que estos llamados excesos, simplemente no existían. Como tampoco una minoración de su derecho de defensa, que tampoco se aclara" por Goyena.

De forma subsidiaria, el fiscal pide al TSJM que acuerde el archivo de la causa para la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, que "carece de responsabilidad alguna en la toma de la decisión" de difundir la nota.

El recurso explica que "el fiscal general manifestó a la fiscal jefe de Madrid que había que elaborar una nota para desmentir las noticias falsas que aparecían en los medios" pero "ni la impulsó, ni intervino en la redacción, ni la corrigió, ni tomó la decisión de su difusión a los medios".

Rodríguez "se limitó a decir que la redacción propuesta respondía exactamente a la verdad de lo acaecido" y, antes, envió a García Ortiz, "tal cual era su obligación con su superior jerárquico", los correos electrónicos intercambiados entre el abogado de González Amador y el fiscal que redactó la denuncia contra él.

A este respecto, el recurso aclara que el correo electrónico remitido por la fiscal jefa provincial al fiscal general se hace a una cuenta Gmail particular, no oficial. "Esta cuestión es puesta de manifiesto por las acusaciones como una grave irregularidad, cuando en realidad es absolutamente indiferente para los hechos", explica.

"El dominio @fiscal.es que es el que atribuye los correos electrónicos oficiales tiene una serie de controles de seguridad que impide su recepción inmediata cuando se remiten documentos adjuntos. Si se pretende recibir con carácter urgente un correo de este tipo con archivos adjuntos se debe recurrir a una cuenta privada. Esta, y no otra, es la causa de ello, que conocemos todos los usuarios de correos que operamos con el dominio @fiscal.es".