La Seguridad Social lo confirma: así serán las diferentes pensiones de incapacidad permanente en 2025
- Te contamos cómo serán las pensiones de incapacidad permanente tras la nueva revalorización que entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
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Las pensiones contributivas tendrán una subida del 2,8% a partir del 1 de enero de 2025, según ha confirmado la Seguridad Social. Un porcentaje que también se aplicará a la pensión de incapacidad permanente.
La pensión de incapacidad permanente es un apoyo económico que otorga la Seguridad Social a aquellos trabajadores con daños graves y permanentes que, tras tratamiento médico y alta previa, limitan o anulan su capacidad laboral.
Con la revalorización de las pensiones del 2,8%, esto significa que la pensión media pasará a ser de 1.298,23 euros mensuales. En comparación a 2024, esto significa un incremento de 32,63 euros.
Para las cuantías mínimas conviene conocer las otras subidas que también se producirán. De acuerdo con el Real Decreto-Ley 9/2024, las pensiones mínimas crecerán un 6% mientras que las mínimas con cargas familiares tendrán un incremento del 9,1%.
¿Cómo serán las cuantías de las pensiones de incapacidad permanente en 2025?
En función al grado de incapacidad, existen cuatro tipos de pensiones de incapacidad permanente: total, absoluta, parcial y gran invalidez. Cada una con su respectiva cuantía.
La pensión de gran invalidez se da cuando un trabajador con incapacidad permanente necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida debido a daños graves.
Su importe incluye el de incapacidad (total o absoluta) y un complemento para quien le cuida, que se calcula como el 45% de la base mínima de cotización más el 30% de la última base de cotización.
El próximo año su cuantía mínima será de 23.678,20 euros al año con cónyuge a cargo, mientras que sin cónyuge será de 18.362,40 euros al año; y con cónyuge no a cargo de 17.430 euros.
En el caso de la pensión de incapacidad permanente absoluta es para aquellas personas completamente inhabilitadas de ejercer cualquier actividad laboral.
Su pensión es del 100% de la base reguladora con posibilidad de aumentar en caso de accidente laboral o enfermedad, y con complemento por maternidad para mujeres con dos o más hijos.
A partir de 2025 su cuantía pasará a ser de 15.786,40 euros con cónyuge a cargo; en el caso de no tener cónyuge, será de 12.241,60 euros; y con cónyuge no a cargo, de 11.620 euros.
Otro tipo de incapacidad permanente es la total. Esta se otorga cuando el trabajador no puede realizar las tareas principales de su profesión habitual.
Su importe depende del origen de la incapacidad y el tiempo cotizado. Por lo general, equivale al 55% de la base reguladora, aumentando al 75% desde los 55 años si encuentra dificultades para reinsertarse en el mercado laboral. En función de la edad del titular, la cuantía varía.
Por último, la incapacidad permanente parcial es aquella que reduce el rendimiento profesional sin superar el 33%, pero les permite realizar las tareas principales de la profesión. A diferencia de las otras pensiones, la parcial es una indemnización única de 24 mensualidades de la base reguladora.
Clase de pensión | Con cónyuge a cargo | Sin cónyuge | Con cónyuge no a cargo |
Gran validez | 23.678,20 euros/año | 18.362,40 euros/año | 17.430,00 euros/año |
Absoluta | 15.786,40 euros/año | 12.241,60 euros/año | 11.620,00 euros/año |
Total con 65 años | 15.786,40 euros/año | 12.241,60 euros/año | 11.620,00 euros/año |
Total con edad entre 60 y 64 años | 15.786,40 euros/año | 11.452,00 euros/año | 10.824,80 euros/año |
Total derivada de enfermedad común menor de 60 años | 9.024,40 euros/año | 9.024,40 euros/año | 8.947,40 euros/año |
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con 65 años | 15.786,40 euros/año | 12.241,60 euros/año | 11.620,00 euros/año |
Cabe destacar que la pensión máxima en 2025 será de 3.267,60 euros mensuales. Esto significa que, independientemente de que se perciba sólo una pensión regular o varias pensiones, no puede superar al límite de 45.746,40 euros anuales.