Los jueces ofrecen una aplicación informática para calcular la indemnización por despido
La herramienta, de acceso general, se basa en las causas legales de extinción de la relación laboral.
24 junio, 2016 11:41Noticias relacionadas
El Consejo General del Poder Judicial ha creado una aplicación informática de acceso general para calcular de forma segura, sencilla y de acuerdo con los parámetros legales el cálculo de las indemnizaciones laborales por extinción del contrato de trabajo.
La herramienta, una iniciativa del vocal Juan Martínez Moya (magistrado de la jurisdicción laboral), se ha puesto a disposición de los ciudadanos y de los juristas en el enlace.
La pretensión del órgano de gobierno de los jueces es proporcionar seguridad jurídica en un asunto de especial trascendencia social como es el despido, ya que la aplicación permite conocer la indemnización que corresponde a cada contrato según las causas de extinción tasadas por la ley y sobre la base de la vigente doctrina jurisprudencial que la interpreta.
De acuerdo con la información proporcionada por el CGPJ, para la utilización de la aplicación solo hay que introducir tres datos en el formulario que aparece en la página web: la fecha de inicio de la relación laboral, la fecha de finalización de esa relación y el salario (diario, mensual o anual).
La única advertencia a la hora de reseñar el salario es que debe consignarse el salario bruto y, si es mensual, prorratear las pagas extra. Es decir, que si el trabajador percibe 1.200 euros mensuales en 14 pagas, deberá reflejar un salario anual de 16.800 euros (1.200 euros mensuales por 14 pagas) o un salario mensual de 1.400 euros (1.200 euros mensuales por 14 pagas, dividiendo luego el resultado entre 12).
Ocho supuestos distintos
Una vez introducidos los datos, la aplicación calculará la indemnización que corresponda en cada uno de los siguientes supuestos: despido improcedente, extinción del contrato por voluntad del trabajador, extinción por causas objetivas, despido colectivo, movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, contrato de fomento de la contratación indefinida con despido objetivo improcedente y extinción del contrato temporal o de un trabajador indefinido no fijo.
Además, y siempre que la relación laboral se hubiera iniciado antes del 12 de febrero de 2012 –cuando entró en vigor el real decreto-ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral-, la aplicación calculará la indemnización en dos tramos, correspondientes a los periodos anterior y posterior a esa fecha.
No se han incluido en la herramienta informática supuestos como la indemnización a cargo del Fogasa, indemnizaciones reguladas en las relaciones laborales especiales, indemnizaciones que pudieran corresponder a trabajadores fijos discontinuos y otras situaciones complejas, como contratos de trabajo con jornadas reducidas o indemnizaciones previstas en normativa especial o convencional.