Fallo contra tasa catalana a refrescos no anula su aplicación, según Anfabra
Madrid, 11 jul (EFECOM).- La patronal que agrupa a las empresas de refrescos Anfabra ha advertido de que la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de anular el reglamento aprobado por el Gobierno catalán que regulaba el impuesto a las bebidas azucaradas no suspende de momento su aplicación.
"El fallo no suspende el impuesto, la Generalitat puede recurrir. Sólo se dejará de aplicar una vez la sentencia sea en firme", ha explicado en declaraciones a Efe el presidente de la Asociación de Bebidas Refrescantes (Anfabra), Josep Puxeu.
En su opinión, lo más probable es que todavía haya que recorrer "un camino largo" hasta que la justicia se pronuncie de forma definitiva una vez agotados todos los recursos.
"El impuesto y el reglamento que lo desarrolla fueron recurridos de forma conjunta por toda la cadena agroalimentaria -agricultores, fabricantes, cadenas de supermercados y empresas de restauración-, algo poco habitual, por considerar que es inconstitucional", ha recordado Puxeu.
Interpuesto a finales de 2017, el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anula el decreto de la Generalitat debido a "defectos de forma" y no entra las cuestiones de fondo, según el presidente de la patronal.
Ha subrayado que, después de más de año y medio aplicándose, esta tasa sobre las bebidas azucaradas no ha tenido impacto.
"El consumo de bebidas con altos valores calóricos van disminuyendo en toda España, y también en Cataluña -única comunidad autónoma donde existe el citado gravamen-. Es una cuestión vinculada con las tendencias de consumo, no por los impuestos", ha defendido.
La tasa a las bebidas azucaradas afecta no sólo a refrescos, sino también a zumos y néctares, sodas, bebidas energéticas, de té y de café, vegetales o incluso leches endulzadas y aguas de sabores.