El BCE carece de herramientas para actuar directamente en bancos imputados
Madrid, 24 jul (EFECOM).- El Banco Central Europeo (BCE), que supervisa a los bancos sistémicos o más significativas, no cuenta con herramientas para actuar directamente en aquellos casos en los que administradores de una entidad sean investigados o imputados por el desempeño de su función.
Ello no impide que el organismo presione o haga público su malestar cuando una entidad o algún miembro de sus órganos directivos se vea salpicado por algún proceso judicial, como ocurre ahora con BBVA.
La Fiscalía Anticorrupción ha pedido al juez del caso la imputación del banco por cohecho, revelación de secretos y corrupción entre particulares, en la pieza sobre el presunto espionaje que encargó la entidad al excomisario en 2004, ante una OPA hostil de Sacyr, y que se prolongó hasta 2017.
Al menos de momento, y sobre todo en ausencia de una condena en firme, el Mecanismo Único de Supervisión (MUS), un sistema de supervisión financiera del que forman parte el BCE y las autoridades nacionales, tiene poco que decir.
Tal y como se describe en la página web del Banco de España, el MUS actúa a través del BCE, como ocurrió con ocasión de la liquidación del Banco Popular y su posterior venta al Santander por un euro; fue el BCE el que instó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) para que liquidara el banco.
Pero el organismo que preside Mario Draghi y a cuya cabeza se incorporará próximamente la actual responsable del Fondo Monetario Internacional (FMI), Christine Lagarde, no cuenta con un sistema que permita actuar directamente en caso de que altos ejecutivos de un banco sean investigados o imputados.
En cuanto al Banco de España, sus competencias se limitan a la supervisión de las entidades menos significativas, ya que tras la entrada en vigor del MUS, el 4 de noviembre de 2014, la competencia supervisora de las denominadas "entidades significativas", entre las que se encuentra BBVA corresponde en exclusiva al BCE.
En 2018, los bancos supervisados directamente por el BCE pasaron a ser 119 frente a los 125 del año anterior, y para ellos publicó en 2017 una guía para aclarar los criterios y procesos para determinar la idoneidad de los consejeros delegados de los bancos.
Asimismo, estableció prácticas supervisoras comunes para evaluar la cualificación, las competencias y la honorabilidad de los candidatos a un puesto en el consejo de administración de entidades de crédito, como el de consejero delegado o miembro no ejecutivo.
En este sentido, lo que cabe aplicar es el Derecho Comunitario a través de las transposición a los ordenamientos jurídicos nacionales de las directivas europeas; en los casos en que el derecho de la UE deja margen a los Estados miembros para determinar el modo de transposición, continúan existiendo diferencias nacionales.
De ahí la necesidad de armonizar las prácticas supervisoras aplicadas en las evaluaciones de idoneidad respetando tales diferencias.
En España, han sido varias las entidades financieras que han atravesado un periplo judicial, y en ningún caso ha intervenido el BCE; entre ellos destacan Caixabank, actualmente imputado por presunto blanqueo de dinero de las mafias chinas, o Bankia, imputado junto a su matriz BFA en el juicio por la salida a Bolsa.