CNMV aclara el régimen transitorio de los servicios de inversión británicos
Madrid, 12 nov (EFECOM).- La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aclarado el régimen transitorio de los servicios de inversión prestados en España por entidades domiciliadas en el Reino Unido una vez que se produzca el "brexit", que prorrogarán su vigencia durante nueve meses siempre que hubiera un contrato previo.
En una actualización del documento sobre los efectos del "brexit" en el ámbito de la supervisión de los mercados, la Comisión aclara que los servicios de gestión de carteras, de asesoramiento de inversión o de custodia pueden seguir prestándose durante nueve meses tras la salida del Reino Unido de la UE porque seguirá vigente la autorización o registro inicialmente concedido por la autoridad británica competente.
No obstante, en el periodo transitorio no se podrán suscribir nuevos contratos ni renovar los anteriores.
A partir del fin de ese periodo de transición las entidades que estén llevando a cabo una gestión de carteras colectivas o presten cualquier otro servicio de inversión quedarán sometidas al régimen previsto para entidades de terceros estados.