Este lunes el Gobierno ha presentado a los agentes sociales un primer esbozo del fondo público de pensiones que está preparandod el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Sin embargo, la propuesta no ha gustado. O al menos no a los sindicatos.
En un comunicado, tanto Comisiones Obreras (CCOO) como la Unión General de Trabajadores (UGT) indican que el texto que se les ha entregado "es un desarrollo parcial" del fondo público de pensiones "que no aborda cuestiones esenciales en esa materia en relación a los derechos de las personas trabajadoras y que supone cambios sustanciales sobre la regulación actual de los fondos de pensiones de empleo que no compartimos".
Además, consideran que esta cuestión no debe tratarse todavía, sino cuando se cierren los cabos pendientes de la reforma de las pensiones pactada en julio. Cabe recordar que todavía queda por desarrollar cuestiones como la cotización de prácticas no laborales, la incapacidad temporal de fijos discontinuos, la definición del Mecanismo de Equidad intergeneracional o cómo se desarrollará la cotización por ingresos reales de los autónomos.
Proyecto legislativo
Este comunicado ha surgido después de que El Periódico de España adelantara parte del contenido del proyecto legislativo para dar forma al fondo público de pensiones.
A través de este proyecto, se crearán fondos de pensiones de empleo de promoción pública (FPEPP), cuyo desarrollo estará pilotado por el ministerio de Inclusión y cuyo funcionamiento supervisará una Comisión de Control con 17 miembros, nombrados por los sindicatos (4), las patronales (4) y el departamento que dirige José Luis Escrivá (9).
La norma también incluye un mecanismo para crear planes simplificados, que podrán promover las organizaciones económicas sectoriales, las instituciones públicas y las asociaciones de autónomos y que tendrán que integrarse en los fondos públicos.
Dichos fondos serán administrados por una entidad gestora con el concurso de una entidad depositaria, que tendrán límites a las comisiones de gestión y depósito que pueden repercutir sobre los partícipes: no podrán pasar del 0,4% “del valor de las cuentas de posición a las que deberán imputarse” (en el caso de las entidades gestoras) y del 0,1% en el caso de las depositarias.
La política de inversiones de estos fondos tendrá que regirse “exclusivamente en interés de los partícipes y beneficiarios tomando en consideración la rentabilidad, el riesgo y el impacto social de las inversiones”.
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