El Gobierno espera aprobar el real decreto-ley que regule el teletrabajo dentro de la función pública en diciembre, con el objetivo de amarrar su entrada en vigor el 1 de enero de 2022. Según aclaró este jueves, María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública, los funcionarios del Estado podrán teletrabajar tres días a la semana.
Lo que se pretende, según indicó Montero durante su intervención en el Congreso, es incentivar que haya empleados públicos en lugar de residencia en riesgo de despoblación sin que repercuta la calidad de la prestación del servicio público. Esta iniciativa nace después de la experiencia con la pandemia, que ha dejado aprendizajes para el buen impulso de este decreto, según Montero.
El acuerdo para esto se firmó hace meses cuando era ministro de Función Pública Miquel Iceta. El real decreto-ley afectará de manera potencial a 230.395 personas al servicio de ministerios, organismos autónomos y agencias estatales, entre otros.
El teletrabajo en la AGE tendrá carácter voluntario y reversible y estará supeditado siempre a que se garantice la prestación presencial de los servicios a la ciudadanía. No obstante, se podrá autorizar de forma "forzosa" en situaciones excepcionales de fuerza mayor que supongan una restricción de la movilidad, como ocurrió el pasado invierno con la borrasca Filomena o durante el confinamiento.
Una vez que entre en vigor el acuerdo con carácter normativo, cada departamento, previa negociación con los sindicatos, realizará un estudio previo de los puestos que puedan ser desempeñados mediante teletrabajo en función de las tareas. Para cada puesto se identificarán objetivos de trabajo y se evaluará su cumplimiento, conforme a criterios generales negociados, estableciendo un horario fijo de disponibilidad y localización.
La jornada de teletrabajo será la que corresponda a cada empleado público de acuerdo con el calendario laboral y las instrucciones de jornada y horarios, y se podrá prever la existencia de un horario fijo de disponibilidad y localización dentro de la jornada laboral, así como mecanismos de control para su cumplimiento, como el fichaje, y seguimiento de la gestión y trabajos encomendados en los objetivos previamente fijados.