La banca española sólo deberá devolver a sus clientes lo cobrado de más por las cláusulas suelo desde el 9 de mayo de 2013. El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Paolo Mengozzi, ha respaldado este miércoles este límite temporal que fijó el Tribunal Supremo español. La devolución retroactiva de todo lo ingresado de más, tal y como reclamaban los clientes y la Comisión Europea, tendría "repercusiones macroeconómicas" para la economía española, alega en su dictamen.
"La limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es compatible" con la normativa de la UE, señala el abogado general.
Su dictamen da la razón a los bancos españoles y rechaza los argumentos de los clientes afectados por las cláusulas suelo. La opinión del abogado general todavía no es definitiva, aunque el Tribunal de Luxemburgo sigue sus recomendaciones en el 80% de los casos. La sentencia final se conocerá en los próximos meses, probablemente antes de fin de año.
El dictamen del Tribunal de Justicia permitirá que la banca española se ahorre una factura de entre 5.000 y 7.600 millones de euros. Es lo que le hubiera costado devolver la totalidad de lo cobrado de más por las cláusulas suelo, según un informe elaborado por el Banco de España y presentado al Tribunal de Justicia de la UE.
La limitación del Tribunal Supremo está justificada
Las cláusulas suelo fijan un mínimo a pagar por las hipotecas a interés variable (que son el 80% de las que se firman en España), que se aplica incluso aunque los tipos desciendan a un nivel inferior. Desde marzo de 2009, el Euríbor ha caído de alrededor del 5% al entorno del 0% actual. Pero muchos clientes no se han beneficiado plenamente de la rebaja al activarse las cláusulas suelo, cuya media está en el 3%.
Mediante su sentencia del 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo consideró abusivas las cláusulas suelo porque los consumidores no habían sido adecuadamente informados. No obstante, decidió limitar los efectos en el tiempo de la declaración de nulidad, de modo que sólo se aplicara de cara al futuro, a partir del momento en que se dictó ese fallo.
Numerosos clientes afectados por las cláusulas suelo han recurrido contra esta interpretación del Supremo y han reclamado que se les devuelva todo lo cobrado de más desde que celebraron la hipoteca. Sus denuncias han llegado al Tribunal de Justicia de la UE, cuyo fallo definitivo deberán aplicar los tribunales españoles. Durante la vista celebrada el 26 de abril, tanto los bancos como el Gobierno español apoyaron el límite impuesto por el Supremo.
En sus conclusiones, el abogado general respalda al Supremo. Afirma que a la hora de fijar un límite temporal a la devolución de las cláusulas suelo, el tribunal español "puede ponderar la protección de los consumidores con las repercusiones macroeconómicas asociadas a la amplitud con que se utilizaron las cláusulas suelo".
"A título de excepción, las mencionadas repercusiones pueden justificar la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de una cláusula abusiva, sin que se rompa el equilibrio en la relación existente entre el consumidor y el profesional", señala su dictamen. A su juicio, el hecho de que los bancos tengan que devolver lo cobrado de más desde mayo de 2013, ya tiene un efecto disuasorio suficiente.
Un revés para la Comisión Europea
El dictamen del abogado general supone un duro revés para la Comisión Europea. Bruselas se había puesto del lado de los clientes y ha abierto un expediente sancionador contra España para que cambie la ley y obligue a la banca a devolver la totalidad de las cláusulas suelo. El principal argumento del Ejecutivo comunitario es que si se establecen límites, se está animando a las entidades a seguir usando cláusulas abusivas en el futuro.
Se han impuesto los argumentos de la banca, que contaba con el respaldo del Gobierno y del Banco de España. Durante la vista, los abogados de las entidades esgrimieron el informe del regulador español y alegaron que las consecuencias de devolver todo el dinero serían "inmensas". El propio Banco de España alega en su texto que si el Supremo no hubiera fijado un límite, las autoridades españolas se habrían visto obligadas a renegociar el rescate bancario concedido por la UE en 2012 para cubrir las nuevas pérdidas.
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