Un movimiento ‘in extremis’: Confebús se agarra a un expediente contra BlaBlaCar
Esta decisión retrasará la sentencia, a la espera del informe de la Comunidad de Madrid sobre el caso que podría suponer 4.000 euros por no suministrar información sobre usuarios.
11 mayo, 2016 18:23Noticias relacionadas
El guión del juicio de BlaBlaCar y Confebús ha sido calcado al que se dio en la primera vista oral para decidir la suspensión cautelar. Excepto por un solo detalle. Un movimiento ‘in extremis’ que la patronal del autobús ha protagonizado contra todo pronóstico. La organización ha presentado al juez un expediente abierto por la Comunidad de Madrid a la compañía gala por no suministrar información sobre usuarios. La posible sanción: hasta 4.000 euros. Esta decisión retrasará la sentencia, pues el magistrado deberá esperar al informe de la administración sobre ese documento y si realmente puede servir para probar la “vulneración de normas” en una actividad concurrente y, por ende, la competencia desleal.
Los posicionamientos han sido muy similares a los que mostraron en esa primera vista oral en febrero. BlaBlaCar ha defendido que no se trata de una empresa de transporte sino una red social en cuya plataforma ponen en contacto a conductores con posibles viajeros. Confebús ha mantenido que lleva a cabo una actividad muy similar a la que llevan a cabo sus asociados.
Un nuevo documento
En esta vista oral se han presentado varias pruebas nuevas que no fueron mostradas en la anterior. Del lado de la empresa, han aportado el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre la economía colaborativa. Y la organización denunciante ha mostrado la última licitación de abril de la línea de bus que une Eibar y Pamplona y los costes que generan para las empresas que pueden concurrir a su adjudicación.
Pero, realmente, la novedad radica en el giro dado por Confebús. El abogado de la organización, José Andrés Díez, ha pedido que se suspendiera la sesión al introducir un expediente a BlaBlaCar que la Comunidad de Madrid abrió por obstruir la labor de inspección al no ofrecer datos de usuarios de su plataforma. “La infracción de normas en una actividad concurrencial es ya competencia desleal”, ha explicad Díez. Desde la compañía han denunciado que no se trata de una sanción por actividad de transporte y su relación con el caso es nula.
El juez lo ha aceptado y ha pedido un informe a la Comunidad de Madrid para que explique en la situación en la que se encuentra el expediente. Tras llegar esa documentación, ambas partes tendrán entre 5 y 10 días para hacer sus conclusiones y que el juicio quede visto para sentencia. La defensa de Confebús espera que a finales de este mes de mayo o principios de junio se pueda conocer el dictamen final del magistrado.
BlaBlaCar llegará hasta el final
Pese a que la empresa se muestra confiada en que la sentencia será favorable, pues entiende que ha quedado demostrado durante la vista que no se lleva a cabo un servicio de transporte profesional, advierte: “Intentaremos preservar nuestros intereses y los de nuestros usuarios”. Así Jaime Rodríguez ha reiterado que se ha llevado a cabo una inversión muy fuerte en estos seis años de vida en España y van a llegar hasta el final.
Esta sentencia en primera instancia podría ser recurrida en la Audiencia Provincial. Habría un segundo y último escalón al que acudir: el Tribunal Supremo.