Así es la ley de segunda oportunidad que plantea Bruselas para empresarios quebrados
Condonará todas las deudas tras un plazo de tres años a los empresarios insolventes que actúen de buena fe.
22 noviembre, 2016 19:39Noticias relacionadas
Alrededor de 200.000 empresas quiebran cada año en la Unión Europea, lo que se traduce en una pérdida de 1,7 millones de puestos de trabajo. Muchas compañías viables con dificultades financieras acaban siendo liquidadas en lugar de someterse a una reestructuración temprana. Y son pocos los empresarios que gozan de una segunda oportunidad tras suspender pagos. Bruselas ha presentado este martes una directiva, inspirada en la legislación sobre insolvencia de Estados Unidos, cuyo objetivo es facilitar la supervivencia de firmas con problemas y minimizar la pérdida de empleo.
Una de las principales novedades de la directiva -que todavía debe ser negociada por los Gobiernos y la Eurocámara- es que permitirá que los empresarios insolventes que actúen de buena fe se vean liberados de todas sus deudas tras un periodo máximo de tres años. La Comisión pretende así acabar con el estigma asociado al fracaso empresarial, aumentar la tasa de autónomos y fomentar la innovación en la UE.
La norma obligará a modificar de nuevo la Ley Concursal española, cuya última reforma data de 2015 y que a juicio de Bruselas todavía es demasiado estricta con los empresarios insolventes. España figura en el puesto número 11 entre los 28 países miembros de la UE en cuanto a la eficacia de los procedimientos de insolvencia. Su duración media es de 1,5 años (por debajo de la media comunitaria de 2 años) y la tasa de recuperación para los acreedores se sitúa en el 78,3% (65% de media en la UE).
Reestructuración temprana
En España hay pocos mecanismos de alerta temprana, y los que existen son ineficaces, para ayudar a las pymes a detectar posibles problemas en su situación financiera y garantizar su reestructuración en una fase temprana, según la evaluación de Bruselas. La nueva directiva pretende fomentar la reestructuración temprana con el fin de ayudar a las empresas a proseguir con su actividad y preservar el empleo.
Las empresas dispondrán de un periodo de respiro de cuatro meses (ampliable a un año) durante el que podrán mantener el control del negocio y suspender los pagos a proveedores y bancos mientras negocian una reestructuración voluntaria. Los accionistas minoritarios disconformes no podrán bloquear los planes de reestructuración y la nueva financiación gozará de una protección específica para aumentar las posibilidades de éxito de la reestructuración.
Condonación de deudas
En la actualidad, la legislación española prevé que los empresarios insolventes queden liberados de sus deudas tras un periodo de cinco años, aunque esta condonación depende de que hayan pagado al menos el 25% del total. Bruselas pide que el plazo se reduzca a tres años y que se relajen las condiciones de pago. Eso sí, los países miembros podrán introducir salvaguardas para prevenir abusos, por ejemplo cuando los deudores actúen de forma deshonesta o de mala fe.
Aunque esta disposición está dirigida a los empresarios, el Ejecutivo comunitario recomienda a los países miembros que también condonen la deuda a los consumidores insolventes tras este plazo de tres años, aunque en este caso no será obligatorio. "Liberar a los consumidores de su deuda tiene un impacto no sólo sobre su bienestar sino también en la productividad económica. Los consumidores que están atrapados en su deuda durante periodos prolongados de tiempo no pueden contribuir de forma significativa a la economía, ni del lado de la producción ni del del consumo", dice Bruselas.
Acortar los plazos
Bruselas ve margen para acortar la duración de los procedimientos de insolvencia en España. Para ello, la directiva obligará a acelerar la formación y especialización de los profesionales del derecho y los tribunales y también a impulsar el uso de la tecnología en línea, por ejemplo en la presentación de reclamaciones o las notificaciones a acreedores.