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Minoristas del Popular piden a la CNMV que revoque los bonos del Santander

Consideran que se trata de "un producto expresa y específicamente desaconsejado" para inversores no institucionales. 

19 octubre, 2017 12:26

Lean Abogados ha solicitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que revoque su autorización al Banco Santander para comercializar los bonos de fidelización que la entidad diseñó para compensar a algunos de los accionistas de Popular por la amortización de sus acciones e instrumentos financieros como consecuencia de la resolución del banco.

El despacho, que representa a unos 1.000 exaccionistas y extenedores de deuda de Popular afectados, ha registrado una reclamación en la CNMV, al considerar que el Santander está comercializando entre clientes minoristas "un producto expresa y específicamente desaconsejado" para ellos.

En el folleto de los bonos, aprobado por la CNMV el pasado mes de septiembre, la entidad advierte que los mismos "pueden no ser aptos" para todo tipo de inversores y reconoce que son "instrumentos complejos", a pesar de que una de las condiciones necesarias para poder aceptarlos es ser un inversor minorista.

"Los bonos de fidelización podrían absorber pérdidas en caso de inviabilidad de Banco Santander o, precisamente, para evitarla mediante la reducción del principal (incluso hasta cero) o conversión en capital", señala la entidad en el folleto.

Bonos que no requieren test de conveniencia 

Los bonos de fidelización, además, no requieren que los clientes aceptantes sean sometidos a un test de conveniencia, "dadas las características especiales" de este producto, según detalla el folleto. No obstante, deberán ser advertidos previamente de las complejidades del producto, "que las hacen generalmente no convenientes para inversores minoristas".

Para aceptar los bonos será necesario que los clientes firmen una declaración manuscrita en la que afirmen conocer la complejidad del producto, que adquieren "sin recomendación o asesoramiento de ninguna entidad del Grupo Santander", así como haber sido informados de su "posible falta de conveniencia".

En este sentido, el bufete señala que, "de acuerdo a la normativa europea MiFid --que garantiza la protección de los usuarios minoristas en materia de instrumentos y mercados financieros--, estos tests son obligatorios".

Renuncia a acciones legales

La aceptación de los bonos de fidelización, que en las dos primeras semanas del plazo abierto para ello alcanzó un volumen de adhesión del 50%, implica la renuncia a emprender acciones legales contra Santander por la resolución de Popular.

Concretamente, para acceder a la oferta es necesario renunciar "irrevocable e incondicionalmente" a emprender acciones legales y reclamaciones contra Santander. Si ya se han iniciado, deberán terminarse.

En opinión del despacho, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios "incluye de forma expresa en su listado de cláusulas abusivas las que limiten los derechos básicos de los consumidores, particularmente si prevén la 'imposición de cualquier limitación o renuncia' a ellos".

Los antiguos accionistas de Popular pueden aceptar estos bonos de fidelización desde el pasado 13 de septiembre hasta el próximo 7 de diciembre. La fecha de entrega de los bonos será "no más tarde" del 15 de diciembre de este año y la admisión a negociación de los mismos tendrá lugar a partir del 15 de enero de 2018. Así, el primer pago de la remuneración se realizará el 15 de marzo del próximo año.

Los exaccionistas de Popular que podrán ser compensados con estos bonos son los clientes minoristas de la entidad resuelta que adquirieron acciones de la misma entre el 26 de mayo y el 21 de junio de 2016, coincidiendo con la ampliación de capital de 2.500 millones de euros de Popular.