Tras dos meses y medio de trabajo, el Ministerio de Fomento ha dado luz verde al Decreto con el que busca poner límites a la actividad de Uber y Cabify en las ciudades. Una normativa que pone encima de la mesa una período de cuatro años hasta que los Ayuntamientos puedan empezar a poner coto en cuanto a número a las denominadas VTC.
Un texto que tiene como objetivo resolver “los problemas de movilidad, congestión de tráfico y medioambientales que el elevado incremento de la oferta de transporte urbano está ocasionando en los principales núcleos de nuestro país. Llega, además, después de que el Taxi saliera a la calle el pasado mes de julio en protesta por lo que consideran una competencia desleal, y ante la que el Gobierno se comprometió a dar una solución.
La letra pequeña del Decreto deja muchos matices sobre cómo se desarrollará a partir de ahora la actividad de las VTC, en lo que desde la patronal de VTC, Unauto, definen como “Decreto Lío”, dado que divide la responsabilidad de legislar entre Comunidades y Ayuntamientos.
Por qué un Decreto para regular a las VTC
Fomento justifica la medida por los problemas que está ocasionando en las ciudades el incremento de este tipo de coches, unidos a los taxis que ya están operando. Además, destaca que “el rápido crecimiento de esta modalidad de transporte (VTC) puede dar lugar a un desequilibrio entre oferta y demanda, que provoque un deterioro de los servicios”.
Por tanto, el objetivo que se marca Fomento es conseguir que se tienda a “una armonización de las regulaciones aplicables al taxi y al arrendamiento con conductor para que haya un tratamiento armónico de las dos modalidades de transporte”.
¿Quién va a regular a partir de ahora a Uber y Cabify?
Hasta ahora las VTC tienen un carácter nacional, por lo que se rigen por una normativa del Estado, que les permite operar en todo el territorio nacional. Con la nueva modificación, que comenzará a aplicarse en cuatro años, se abre la puerta a que sean las Comunidades Autónomas las que regulen en materia de alquiler con conductor y, en un segundo paso, a que los Ayuntamientos también puedan regular en esta materia acorde con sus competencias en materia de transporte urbano.
¿Cómo se hará? En cuatro años las VTC tendrán carácter nacional, pero sólo podrán hacer trayectos interurbanos. Por ejemplo, un Barcelona - Murcia, o un Madrid - Coslada. A partir de entonces tendrán que ajustarse a las condiciones que impongan en materia de transporte urbano las Comunidades Autónomas y, también, los Ayuntamientos acorde a sus competencias para regular el transporte en el interior de su ciudad.
Es decir, que en cuatro años cualquier Ayuntamiento podrá pedir a Uber y Cabify que opere con una segunda licencia, más allá de la nacional.
¿Qué pasa si los Ayuntamientos o Comunidades no regulan las VTC?
Si no hubiera una regulación sobre este tema, en la práctica, supondría que ninguna VTC podría operar en su territorio haciendo transporte urbano. Es decir, quedarían limitadas a hacer recorridos interurbanos, que tengan origen en la Comunidad en la que han obtenido la licencia.
Sin embargo, Fomento establece en el Decreto dos excepciones:
La recogida de viajeros en aeropuertos y puertos: si se contrata previamente, podrá acudir un vehículo de otra Comunidad a hacer el servicio. Es decir, si yo vivo en Murcia y llego a Barajas en Madrid, puedo contratar una VTC que venga desde Murcia a buscarme y me lleve a mi casa.
En caso de que haya un pico de demanda y las VTC de la Comunidad no den a basto, se podrá autorizar para que “puntualmente” se permita la entrada de coches con autorizaciones en otras comunidades.
¿Durante los próximos cuatro años no habrá límites a la VTC?
En cuanto a número no. Durante los próximos cuatro años las Autonomías sí que podrán empezar a legislar a Uber y Cabify para que sus conductores tengan horas de conducción, el tipo de vehículo, la forma de contratación de los servicios, cómo debe hacerse la precontratación, etc.
En este tiempo, en ningún caso, podrán poner una autorización que limite el número de VTC que operan en su Comunidad. De este modo, las 12.000 VTCs que están en el mercado podrán seguir funcionando con total normalidad en este tiempo, porque los Ayuntamientos tampoco podrán hacer nada más allá de limitaciones puntuales por cuestiones de tráfico o medioambientales.
¿Y dentro de cuatro años?
Cuatro años que en realidad serán muchos más. Actualmente hay 12.000 VTCs en toda España que, en cuatro años, sólo podrán efectuar tráfico interurbano. A partir de entonces serán los Ayuntamientos los que decidan de qué manera las VTCs pueden operar en sus calles. Podrán entonces poner límites al número de coches, pedir licencia, etc.
En los tribunales hay todavía otras 9.000 licencias pendientes de ser aprobadas, fruto de la desregulación en la época de Zapatero. A medida que se vayan concediendo tendrán otros cuatro años para adaptarse a las normativas que exijan Comunidades y Ayuntamientos. Es decir, si se concede en 2020, habrá hasta 2024, y así en cada caso.
¿Por qué cuatro años?
Es el período que Fomento calcula que es necesario para que las VTC puedan recuperar su inversión y sacarle rentabilidad, antes de que se cambien las reglas de juego. No hay que olvidar que ahora pueden operar a nivel nacional, y en cuatro años les pedirán una licencia urbana para operar en ciudad.
De este modo, Fomento confía en que no haya que devolver dinero y no haya reclamaciones judiciales.
¿Pueden reclamar las VTCs?
Al margen de que vayan a los Tribunales, Fomento les da un plazo de tres meses por licencia para presentar alegaciones y justificar que cuatro años no es suficiente para amortizar la licencia. En caso de que la Administración diera la razón al recurso, se dará otra moratoria de otros dos años para seguir operando sin ningún tipo de límites.
¿Con esto se logra el ansiado 1/30?
La respuesta es no. A nivel nacional las 12.000 actuales y las 9.000 VTCs que están pendientes de entrar seguirán funcionando. Luego está por ver cómo quedan las regulaciones autonómicas y municipales. Serán ellas las que impongan los ratios que pueden tener en el interior, siempre y cuando su establecimiento respete los principios de necesidad y proporcionalidad recogidos en la legislación de Unidad de Mercado y en el Tratado de Europa.
Por tanto, se puede dar la circunstancia de que Barcelona (como ya ha dicho) consiga imponer el 1/30 previo seguro litigio con las autoridades de competencia, pero que en Madrid o Andalucia se establezca una ratio de 1/6 o de 1/2, o se homologue la VTC nacional también para tráficos urbanos.