El gigante estadounidense del alquiler turístico Airbnb gana una importante batalla al sector hotelero europeo, que exige una regulación más estricta de su actividad. El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Maciej Szpunar, ha dictaminado este martes que Airbnb es una plataforma digital de intermediación amparada por la libre prestación de servicios y no un agente inmobiliario que deba someterse a las normas más restrictivas que rigen esta profesión.
El abogado general establece una clara diferencia entre la actividad de Airbnb y la de otra empresa emblemática de la denominada 'economía colaborativa', Uber. El TJUE sí dio la razón a los taxistas y sentenció que Uber es una empresa de transporte y no sólo un servicio de sociedad de la información, por lo que está obligado a obtener las licencias exigidas por la legislación nacional. No obstante, la opinión de Szpunar no es definitiva, aunque los jueces suelen seguir sus recomendaciones en un 80% de los casos. La sentencia final se conocerá en los próximos meses.
La compañía estadounidense ha acogido con júbilo la opinión del abogado general. "Airbnb quiere ser buen socio de las administraciones y ya ha trabajado con más de 500 gobiernos de todo el mundo en medidas para ayudar a los anfitriones a compartir sus hogares, cumplir con la normativa y pagar su parte justa de impuestos", ha dicho un portavoz de la empresa.
El dictamen del TJUE responde a un litigio en Francia entre la Asociación para un Alojamiento y un Turismo Profesionales (Ahtop) y Airbnb. Ahtop acusa al gigante estadounidense de incumplir la norma francesa que regula las condiciones de ejercicio de la actividad de agente inmobiliario, conocida como Ley Hoguet. Airbnb, cuya sede en la UE está fijada en Irlanda, niega ejercer una actividad de agente inmobiliario y sostiene que la Ley Hoguet no se le debe aplicar porque es incompatible con la directiva de la UE sobre comercio electrónico, que consagra la libre prestación de servicios.
El abogado general ha dado la razón a Airbnb y ha concluido que se trata de "un servicio de la sociedad de la información". Eso es así porque su actividad consiste en "poner en relación, a través de una plataforma electrónica, a potenciales arrendatarios con arrendadores que ofrecen prestaciones de alojamiento de corta duración, en una situación en la que el prestador de ese servicio no ejerce control alguno sobre las modalidades esenciales de dichas prestaciones".
Por ello, el dictamen sostiene que Francia no puede imponer a Airbnb requisitos relativos al ejercicio de la profesión de agente inmobiliario como los establecidos en la Ley Hoguet. La directiva sobre comercio electrónico "se opone a que un Estado miembro pueda restringir, en esas circunstancias y de ese modo, la libre circulación de los servicios de la sociedad de la información procedentes de otro Estado miembro".
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