El Supremo multa a Jaime Botín con 300.000 euros por no comunicar su participación en Bankinter
De esta forma, desestima el recurso de Jaime Botín contra la sentencia de la Audiencia Nacional, aunque redujo la cuantía en 200.000 euros.
4 junio, 2019 15:13Noticias relacionadas
La Sala III del Tribunal Supremo ha confirmado una sanción de 300.000 euros a Jaime Botín por no cumplir con el deber de comunicación y de difusión de participaciones que obtuvo en Bankinter S.A .
De esta forma, el Supremo desestima el recurso de Jaime Botín contra la sentencia de la Audiencia Nacional, aunque redujo la cuantía impuesta por el Ministerio de Economía en julio de 2015, que fue de 500.000 euros, ha indicado el Tribunal Supremo.
La ley tipifica como infracción muy grave la inobservación del deber informativo "cuando existe un interés de ocultación o negligencia grave, atendiendo a la relevancia de la comunicación no realizada y a la demora en que se hubiese incurrido”.
Cuando una persona adquiere una serie de títulos que comporta una modificación en la estructura de los derechos a votos tiene que comunicárselo al emisor y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
La sentencia de la Audiencia Nacional había considerado probado que Botín había incumplido la obligación de notificar a la CNMV la participación adquirida en Bankinter, a la que estaba obligado dada su doble condición de Presidente de la entidad bancaria y de Consejero y Vicepresidente de la sociedad Cartival, S.A., compañía a la que se traspasa el paquete accionarial del 7'85 % del capital social de Bankinter.