Airbnb gana una batalla a los hoteleros: el TJUE dice que es una plataforma digital
El fallo concluye que Airbnb está amparado por la libre prestación de servicios y no debe ser regulado como agente inmobiliario.
19 diciembre, 2019 11:28Noticias relacionadas
El gigante estadounidense del alquiler turístico Airbnb gana una importante batalla al sector hotelero europeo, que exige una regulación más estricta de su actividad. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha dictaminado este jueves que Airbnb es una plataforma digital de intermediación amparada por la libre prestación de servicios y no un agente inmobiliario que deba someterse a las normas más restrictivas que rigen esta profesión.
El fallo establece una clara diferencia entre la actividad de Airbnb y la de otra empresa emblemática de la denominada 'economía colaborativa', Uber. El TJUE sí dio la razón a los taxistas y sentenció que Uber es una empresa de transporte y no sólo un servicio de sociedad de la información, por lo que está obligado a obtener las licencias exigidas por la legislación nacional.
El dictamen del TJUE responde a un litigio en Francia entre la Asociación para un Alojamiento y un Turismo Profesionales (Ahtop) y Airbnb. Ahtop acusa al gigante estadounidense de incumplir la norma francesa que regula las condiciones de ejercicio de la actividad de agente inmobiliario, conocida como Ley Hoguet. Airbnb, cuya sede en la UE está fijada en Irlanda, niega ejercer una actividad de agente inmobiliario y sostiene que la Ley Hoguet no se le debe aplicar porque es incompatible con la directiva de la UE sobre comercio electrónico, que consagra la libre prestación de servicios.
El TJUE da la razón a Airbnb y concluye que se trata de "un servicio de la sociedad de la información". Eso es así porque su actividad "no es en modo alguno indispensable para realizar prestaciones de alojamiento, ya que los arrendatarios y los arrendadores disponen de otros muchos cauces para ello, algunos de los cuales existen desde hace mucho tiempo".
A diferencia del caso de Uber, ni el servicio de intermediación ni las prestaciones accesorias que presta Airbnb "permiten demostrar que dicha sociedad ejerza una influencia decisiva sobre los servicios de alojamiento a los que se vincula su actividad, tanto por lo que se refiere a la determinación de los precios que se solicitan por los alojamientos como a la selección de los arrendadores o de los alojamientos ofrecidos en su plataforma", resalta el fallo.