Más de 300 trabajadores de La Plaza de Dia podrán reclamar un plus de retribución variable
El Supremo ha declarado nulo el acuerdo por considerar que vulnera el principio de igualdad entre hombres y mujeres.
14 enero, 2020 13:22Noticias relacionadas
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el acuerdo sobre Retribución Variable del Grupo El Árbol (renombrado como La Plaza de Dia desde 2018). La Justicia considera que se trata de un acuerdo discriminatorio al no respetar el principio de igualdad entre hombres y mujeres.
El acuerdo sobre retribución variable, suscrito por UGT, CCOO y Fetico y vigente desde el año 2017, no se abonaba si el trabajador estaba de baja, tenía un permiso por maternidad o por lactancia, entre otros. Aspectos, que afectaban en mayor medida a las trabajadoras.
El Tribunal Supremo considera que el no abonar a los trabajadores la retribución correspondiente a los objetivos conseguidos solo por el hecho de disfrutar de los permisos retribuidos de lactancia, accidente o enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización, exámenes prenatales y técnicas de parto; o, en caso de adopción, asistencia al proceso correspondiente, supone que los negociadores del acuerdo atentan directamente contra la Ley de Igualdad de 2007.
En el caso de los directamente relacionados con el embarazo y parto, la sentencia observa la “evidente situación de discriminación directa de las mujeres trabajadoras”; pero también cuando se refiere a cuidado de familiares enfermos, pues se da una “discriminación indirecta que debe ser corregida, en la medida en que las ausencias del puesto de trabajo en uso de este permiso tienen mayor impacto en el colectivo de mujeres”.
Además, y precisamente relativo a jornadas, contempla que es lesivo que, en el caso de ausencias por sesiones de preparación para la adopción, y a pesar de poder afectar a ambos progenitores, “la pérdida del incentivo solo opera cuando la ausencia del puesto de trabajo abarque la totalidad de la jornada, lo que sin duda afectará en mayor medida al colectivo de trabajadores a tiempo parcial, conformado en su mayoría por mujeres”.
Se trata de una sentencia firme que afecta a más de 300 trabajadores de la cadena de supermercados que podrán reclamar las retribuciones no percibidas entre 2017 y 2020. En concreto, los afectados son 249 en Asturias, 44 en Castilla y León, 13 en Cantabria, 3 en Aragón, 3 en Andalucía y 1 en Murcia.