Repsol abre la puerta a una junta de accionistas telemática: cómo participar
La petrolera contempla esta posibilidad en función de qué evolución presente la epidemia por coronavirus hasta el próximo 8 de mayo.
17 abril, 2020 13:57Noticias relacionadas
La próxima junta de accionistas de Repsol podría ser solamente telemática. Así lo ha planteado este viernes el consejo de administración de la petrolera, que en un complemento a la convocatoria de la asamblea explica cómo participar en ella sin necesidad de acudir físicamente.
Por ahora, Repsol solo ha reforzado los cauces para facilitar la asistencia remota o telemática de sus accionistas, pero contempla que la asamblea sea totalmente virtual en función de como evolucione la epidemia del coronavirus hasta el próximo 8 de mayo. Esa es la fecha en la que la cotizada prevé celebrar su junta en el auditorio de su sede madrileña.
La compañía explica que estas decisiones se han tomado “con el propósito de salvaguardar los intereses generales, la salud y seguridad de los accionistas, empleados y demás personas que intervienen en la preparación y celebración de la junta general”. De esta forma, anuncia que “los mecanismos para asistir telemáticamente se abrirán en el espacio dedicado a la junta general de accionistas 2020 en la página web corporativa de la Sociedad”.
Registro desde el 4 de mayo
Para ello, se ha establecido un plazo de identificación y registro previo para garantizar la identidad de los asistentes y el correcto ejercicio de sus derechos. El plazo abarcará desde las 12:00 horas del día 4 de mayo de 2020 hasta las 11:00 horas del día 7 de mayo de 2020, en horario de Madrid. La sociedad advierte de que, “con posterioridad a dicha hora, no se admitirá ningún registro previo”.
Los accionistas que deseen usar esta vía necesitarán su DNI electrónico o bien una firma electrónica reconocida o avanzada, basada en un certificado electrónico reconocido y vigente, emitido por la Entidad Pública de Certificación Española (Ceres). Así, los accionistas o sus representantes podrán asistir y votar en la junta.
El mismo día de la celebración de la junta, los registrados deberán conectarse en el sitio web corporativo de Repsol entre las 8:00 horas y las 11:45 horas e identificarse según se le indique en las instrucciones correspondientes.
La compañía presidida por Antonio Brufau explica que aquellos que vayan a asistir por medios telemáticos, y quieran tener un turno de intervención o presentar propuestas de acuerdo deberán remitirlas a la sociedad por escrito entre las 8:00 horas y las 11:00 horas del día de celebración de la asamblea. Quienes deseen que su intervención conste en el acta de la junta tendrán que “indicarlo expresamente” en el texto remitido.
Proceso de televoto
En este sentido, las solicitudes de información o aclaración formuladas por los asistentes telemáticos serán contestadas por escrito durante los siete días siguientes a la junta, según recoge la legislación vigente sobre este punto.
Por lo que se refiere a la emisión del voto sobre las propuestas del orden del día, esta podrá realizarse desde el momento de la conexión como asistente del accionista o representante hasta el momento en el que el presidente de la junta o el secretario anuncien la conclusión del período de votación. Para aquellas propuestas que no figurasen en el orden del día, los asistentes telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas.
De cara a un correcto funcionamiento del proceso, Repsol subraya que “es responsabilidad exclusiva del accionista (o su representante) la custodia de las claves o medios de identificación necesarios para acceder y utilizar el servicio de asistencia telemática”.
La petrolera también señala en la comunicación remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que la compañía “no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a la voluntad de Repsol, que impidan la utilización de los mecanismos de asistencia telemática”.