La justicia europea ve ilegal que España niegue el paro a las empleadas del hogar

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La Justicia europea ve ilegal que España niegue el paro a las empleadas del hogar

El abogado general considera que se trata de una discriminación indirecta por razón de sexo y no justificada por objetivos legítimos.

30 septiembre, 2021 17:11
Bruselas

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El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Maciej Szpunar, ha dictaminado este jueves que la legislación española que excluye a los empleados del hogar de las prestaciones por desempleo es contraria al derecho europeo. El fallo sostiene que se trata de una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que los trabajadores de este sector son casi exclusivamente mujeres, y que no está justificada por motivos legítimos.

La opinión del abogado general no tiene carácter vinculante, aunque los jueces suelen seguir sus recomendaciones en alrededor de un 80% de los casos. La sentencia definitiva llegará en cuestión de meses y podría obligar a España a modificar su legislación laboral en esta materia.

El dictamen de Szpunar responde al caso de una trabajadora afiliada al sistema especial de seguridad social para empleados del hogar desde enero de 2011. En noviembre de 2019, la trabajadora presentó ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) una solicitud de cotización a la protección por desempleo con el fin de adquirir el derecho a la correspondiente prestación. Su empleador estaba dispuesto a abonar la cotización.

Pero la TGSS denegó su petición debido a que la legislación española excluye expresamente la posibilidad de cotizar al sistema especial con la finalidad de obtener la protección por desempleo. La trabajadora recurrió ante un juzgado de Vigo alegando que esta norma deja a los empleados del hogar en una situación de desamparo social cuando se pone fin a su relación laboral por motivos que no les son imputables, ya que no pueden acceder ni al paro ni a cualquier otra ayuda social que exija el agotamiento de esta prestación. El juez español ha decidido preguntar sobre el caso a la justicia europea.

En su dictamen de este jueves, el abogado general sostiene que "la exclusión prevista por la legislación nacional establece una desventaja particular para los empleados del hogar". Una desventaja que afecta particularmente a las mujeres, que representan más del 95% de los trabajadores incluidos en este sistema, y que por tanto constituye una discriminación indirecta por razón de sexo, prohibida por la directiva de la UE de igualdad de trato en materia de seguridad social.

Durante el procedimiento ante el TJUE, la Seguridad Social y el Gobierno español alegaron que esta diferencia de trato "se justifica por objetivos basados en las características especificas de la categoría de empleados de hogar y del estatuto de sus empleadores, así como por objetivos de protección de los trabajadores, de protección del nivel de ocupación en este sector y de lucha contra el trabajo sumergido y el fraude".

Estos argumentos no convencen en absoluto al abogado general. A su juicio, "los motivos basados en las características de los empleados de hogar (trabajadores poco cualificados que cobran el salario mínimo) o de sus empleadores (cabezas de familia) parecen estar basados más bien en estereotipos de género y, por tanto, son difícilmente ajenos a una discriminación por razón de sexo".

El dictamen rechaza asimismo la alegación de que una eventual protección de los empleados de hogar frente al desempleo podría incitarlos al fraude. "Si eso fuera así, entonces ocurriría lo mismo en el caso de todos los trabajadores del mercado laboral poco cualificados y que perciben el salario mínimo en otros sectores, quienes, en consecuencia, deberían quedar también excluidos de la prestación por desempleo. Sin embargo dado que esto no es lo que sucede, no existe relación entre esta justificación y la exclusión controvertida", afirma Szpunar.

"La exclusión de que se trata conduce a reforzar la concepción social tradicional de los roles, permitiendo, además, no sólo explotar la posición, estructuralmente más débil, de las personas que integran este sector, sino también infravalorar su trabajo, que debería, por el contrario, ser reconocido y valorado por la sociedad", concluye el dictamen.