Bruselas denuncia a España ante el TJUE por no aplicar el tipo mínimo del 15% a las multinacionales

Bruselas denuncia a España ante el TJUE por no aplicar el tipo mínimo del 15% a las multinacionales Comisión Europea

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Bruselas denuncia a España ante el TJUE por no aplicar el tipo mínimo del 15% a las multinacionales

El Gobierno de Sánchez aprobó en segunda vuelta el proyecto de ley el pasado 4 de junio pero todavía no ha completado la tramitación parlamentaria.

3 octubre, 2024 12:36
Bruselas

La Comisión Europea ha decidido este jueves denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no haber aplicado en plazo el tipo mínimo del 15% en el impuesto de sociedades a las empresas multinacionales. El objetivo de esta medida, que se pactó en la OCDE en octubre de 2021, es garantizar un nivel mínimo de tributación a nivel mundial para las grandes compañías.

Según el acuerdo interno alcanzado en la UE, todos los Estados miembros debían introducir en su legislación nacional este tipo mínimo del 15% como muy tarde el 31 de diciembre de 2023. Sin embargo, España todavía no ha notificado a Bruselas sus medidas nacionales de aplicación.

Bruselas también ha llevado al TJUE a Chipre, Polonia y Portugal. "Hasta la fecha, casi todos los Estados miembros de la UE han cumplido estas obligaciones; sin embargo, España, Chipre, Polonia y Portugal aún no han notificado las medidas nacionales de transposición", ha explicado el Ejecutivo comunitario en un comunicado.

[Bruselas lanza un ultimátum a España por no aplicar el tipo mínimo del 15% a las multinacionales]

La Comisión admite que las autoridades nacionales de estos países "están realizando esfuerzos significativos para finalizar su legislación nacional" con el fin de aplicar este tipo mínimo del 15%. Sin embargo, el retraso acumulado es ya de casi un año y por eso ha decidido acudir a la justicia europea para que condene a España, Chipre, Polonia y Portugal por incumplir los plazos.

Para el Ejecutivo comunitario, la transposición de esta directiva es "fundamental" porque "limitará la competición a la baja en cuanto a los tipos del impuesto de sociedades". Las ganancias de los grandes grupos o empresas multinacionales y nacionales cuyo volumen de negocios anual agregado sea de al menos 750 millones de euros estarán sujetas a un tipo impositivo efectivo que no podrá ser inferior al 15%.

Bruselas considera prioritaria la aplicación de este gravamen mínimo ya que "contribuirá a reducir el riesgo de erosión de la base imponible y el traslado de beneficios y garantizará que los grupos multinacionales de mayor tamaño paguen el impuesto sobre sociedades al tipo mínimo global acordado".

En el caso de España, el Consejo de Ministros aprobó en segunda vuelta el proyecto de ley para transponer esta directiva europea el pasado 4 de junio, pero todavía no se ha completado la tramitación parlamentaria.

En España, el Gobierno de Sánchez ya aprobó un mínimo del 15% que entró en vigor en 2022. La diferencia es que la norma europea exige una tributación mínima del 15% sobre el resultado contable ajustado, que se calcula con los parámetros que marca la directiva y es igual para todos los países. En cambio, el tipo mínimo en el impuesto sobre sociedades español se determina sobre la base imponible.