Tranquilos, pero en alerta. Así han acogido los bancos españoles la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre los contratos renegociados de las cláusulas suelo, que establece la ‘ilegalidad’ de la condición de no reclamar, así como que puedan anularse si el cliente no fue informado con claridad. Fuentes consultadas apuntan a que el número de afectados, que ahora sí tendrían derecho a acudir a los tribunales, podría alcanzar los 400.000.
Esta sentencia del tribunal europeo ha dado una de cal y otra de arena al sector bancario. Por un lado, deja claro que los acuerdos de novación alcanzados en los últimos años (en los que básicamente se cambiaba una cláusula suelo por otra inferior) son legales, pero solo cuando el cliente comprendía a la perfección, de una forma “libre e informada” lo que firmaba. Y esto incluye participar de forma activa en la renegociación de las condiciones de su préstamo, algo que, al parecer, no era una práctica generalizada.
“En la mayoría de los casos el banco ofrecía una alternativa, un documento igual para todos sus clientes, con una cláusula más baja, y no había opción a negociar más”, explican fuentes consultadas.
Caso por caso
Ahora, serán los jueces españoles los que deberán estudiar caso por caso si los contratos de novación cumplían o no esa condición de 'participación activa' del cliente. Además, Europa también ha dejado claro el carácter ilegal de que esos contratos incluyesen una renuncia a reclamar judicialmente por la nueva hipoteca.
Aquí es donde reside el principal miedo de la banca, que puede ver cómo un problema que ya era casi del pasado tras los acuerdos de los últimos años resurge con más fuerza que nunca en los juzgados. “La sentencia supone la posibilidad de que los consumidores puedan reclamar la eliminación de su cláusula suelo y la devolución de cantidades, algo que en la actualidad está vetado por la sentencia del Tribunal Supremo del 11 de abril de 2018”, indican las fuentes consultadas.
Javier de la Torre, miembro del bufete Independencia 24 Abogados, reconoce que el dictamen europeo “no determina un parámetro de transparencia, por lo que la carga de la prueba es del banco”. Es decir, serán las entidades las que, ante la previsible avalancha de reclamaciones, tengan que demostrar que los afectados firmaron con total y pleno conocimiento los contratos renegociados y todas sus condiciones.
No servirá solo con acreditar que hay un documento firmado. “Se establecen algunos parámetros de información como gráficos con evolución y previsiones del euríbor que muchos contratos no presentan”, indican desde el despacho de abogados zaragozano.
Casos abiertos
El bufete Independencia 24 Abogados lleva años litigando por estos casos y recuerda que “actualmente ya hay más de 600 idénticos al que ha sido objeto del procedimiento ante el tribunal europeo pendientes de resolución”. Pero hay muchos más.
En Zaragoza tienen localizados a más de 15.000 clientes de Ibercaja afectados. “Es difícil de calcular, pero nuestras fuentes apuntan a que los acuerdos de todos los bancos suscritos con los consumidores estarían entre 100.000 y 400.000”, insisten.
Una cifra demasiado elevada para un sector que en el entorno actual no puede permitirse el lujo de destinar parte de su capital a más provisiones frente a los litigios. Que son muchos. Solo por mencionar algunos, ya están haciendo frente a las primeras sentencias sobre el IRPH favorables al cliente. Aún falta por conocer la sentencia sobre la salida a bolsa de Bankia, así como el largo proceso por la resolución del Popular. Sin olvidar la cita entre Banco Santander y Andrea Orcel tras la decisión de la entidad cántabra de echar marcha atrás en su contratación como consejero delegado el pasado año, cuya vista previa se celebrará a mediados de septiembre.
Demasiados frentes abiertos que ya han obligado al Banco de España a incluir el riesgo de litigios al mismo nivel de obstáculo para la banca que la ralentización económica y la caída de la rentabilidad.
Recuperar lo perdido
Desde las asociaciones de consumidores mostraban este jueves su satisfacción con la sentencia europea. Patricia Suárez, presidenta de Asufin, indica que “nos preocupaba que por una sentencia del Supremo que establecía que no se podía reclamar desde mayo de 2013 para atrás, los consumidores perdiesen el dinero pagado de más por la cláusula suelo; ahora se abre una ventana más para reclamar si se demuestra que el banco no informó del dinero al que estaba renunciando”.
Los cálculos de Asufin apuntan mucho más arriba y estiman que esta cláusula abusiva afecta a medio millón de consumidores que todavía no han reclamado y que han perdido, de media, 20.000 euros.
Fuentes del sector financiero se muestran tranquilos ante la sentencia, pero también reclaman “seguridad jurídica y parámetros de transparencia claros y concretos” para evitar las idas y venidas entre los tribunales europeos y los españoles. Es decir, critican que la justicia vaya en muchas ocasiones por detrás de la operativa de las entidades que, según aseguran, “salvo excepciones, que siempre las hay, se ajustaba a la legalidad”.
Otro ejemplo claro de esta situación lo vivirá el sector el próximo 16 de julio, en una nueva cita con el TJUE, que debe pronunciarse sobre si los clientes que pagaron todos los gastos de la hipoteca pueden recuperar el dinero. En este caso, solo afectaría a los préstamos firmados antes de la nueva Ley Hipotecaria (16 de junio de 2019), que establecía que el cliente debe pagar la tasación y la copia de la escritura y el banco el resto de los gastos de la hipoteca.