La persistencia del euríbor en terreno negativo ha reactivado el debate sobre la posibilidad de que los bancos tengan que pagar a sus clientes por las hipotecas que arrojen tipos de interés negativos tras sumar el diferencial. La asociación de consumidores OCU acaba de lanzar una campaña para presionar al sector en este sentido, advirtiendo que el propio Banco de España ya les ha trasladado que deben ser los tribunales quienes decidan al respecto.
El movimiento de la asociación se produce, además, en un momento en el que la mayoría de los bancos sí han comenzado a trasladar ese coste de los tipos negativos a sus clientes a través de mayores comisiones o vinculación. Incluso BBVA ya ha traspasado la línea roja de cobrar por los depósitos de particulares que superen los 100.000 millones de euros garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos. Un juego en el que todos los bancos terminarán entrando tarde o temprano, aunque ahora lo descarten.
Desde el sector bancario siempre han defendido que "pagar por las hipotecas" es una anomalía completa en el mercado. Y apelan a la última ley inmobiliaria que establece un suelo del 0% cuando hay diferenciales negativos. Sin embargo, los clientes bancarios critican que la verdadera anomalía se produce porque ellos no cuentan con esa 'protección legal' con los depósitos.
Aunque algunos bancos reconocen que han tenido casos en los que han pagado a clientes puntuales por los tipos negativos en sus hipotecas, el sector en bloque defiende desde hace meses que es una práctica que no se generalizará.
Ni siquiera después de que la propia Autoridad Bancaria Europea (EBA), aclarase hace unos meses que las entidades sí tendrían que hacer frente a esta posibilidad, salvo que exista una restricción legal como en el caso español, al menos para las hipotecas firmadas antes de la nueva ley de crédito inmobiliario que entró en vigor en junio de 2019.
En su nueva campaña contra las prácticas de la banca en esta materia, OCU explica que ya solicitó al Banco de España un criterio para la aplicación "íntegra y automática" del euríbor negativo a todas las hipotecas anteriores a la puesta en marcha de la nueva norma, que no incluyeran en el contrato una cláusula suelo del 0%.
"Nos ha respondido evitando pronunciarse sobre la aplicación de intereses negativos por parte de las entidades, alegando que excede a sus competencias", explican. Es decir, en todo caso, serán los tribunales los que decidan sobre esta cuestión.
Sin embargo, aseguran que el organismo comandado por Pablo Hernández de Cos sí ha dejado claro que, con anterioridad a la entrada en vigor en junio de 2019 de la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, "no existía en nuestro ordenamiento jurídico ninguna normativa que impida la aplicación de tipos de interés negativos".
En este sentido, OCU se ha dirigido a las principales entidades bancarias de este país para que procedan a cumplir el contrato de manera voluntaria, "apliquen los intereses negativos cuando corresponda y así consigamos evitar un proceso judicial largo y farragoso".