La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido suspender la tramitación de los recursos pendientes de resolución contra sentencias relacionadas con Popular hasta que se pronuncie el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), algo que se producirá en los próximos meses, una vez que ya se conoce la opinión del Abogado General.
Hace dos semanas, el letrado, cuya opinión el TJUE suele seguir en el 80% de los casos, dictaminó que los antiguos accionistas de Popular no tienen derecho a exigir a Santander -ahora propietario del banco desaparecido- una indemnización por la amortización a cero de sus participaciones basándose en que el folleto de ampliación de capital previo a su caída contenía información defectuosa.
Así, concluyó que Santander no está obligado a restituir el valor de las acciones suscritas en virtud de demandas promovidas con posterioridad a la resolución del Santander. Su argumento central es que "el interés de los inversores no prevalece en todo caso sobre el interés consistente en garantizar la estabilidad del sistema financiero".
Ahora, mientras llega la sentencia definitiva del TJUE el Supremo ha decidido suspender estos recursos, planteados principalmente ante audiencias provinciales tanto por los accionistas como por Santander (en el caso de sentencias desfavorables al banco), para poder aplicar la jurisprudencia que fije el tribunal comunitario.
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