Ron recurre la decisión del juez de mandarle al banquillo: "Hasta yo invertí en 2016 en la ampliación del Banco Popular"
El banquero se apoya en los archivos del 'caso Villarejo' para Galán, Brufau y Fainé y esgrime el dictamen del BdE que avaló las cuentas del Popular.
8 marzo, 2024 14:07El expresidente del Banco Popular, Ángel Ron, ha recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama de mandarle al banquillo por la ampliación de capital de la entidad de 2016 y su posterior quiebra, en 2017.
En un escrito, su abogado, José Antonio Choclán, recalca que varios miembros del Consejo de Administración del banco invirtieron en dicha operación "gran parte de su patrimonio". Y Ángel Ron fue uno de ellos. Por tanto, el recurso rebate la tesis del juez del llamado caso Popular de considerar que las cuentas estaban manipuladas y que el folleto contenía información inveraz.
"No tiene ningún sentido atribuir la elaboración y formulación de unas cuentas que el Juzgado califica de falsas, cuando el señor Ron, como otros consejeros, invirtió gran parte de su patrimonio en la citada ampliación de capital, lo que presupone, para un observador objetivo, que el señor Ron confiaba en la veracidad de la información y obviamente en que expresaban la imagen fiel de la entidad, sencillamente porque este hecho es un hecho cierto", expone Choclán.
En el auto en el que propone mandar a juicio a Ron por un delito de estafa, Calama subraya que los inversores acudieron a la ampliación de capital "engañados", puesto que los estados financieros de ese año y de 2015 "no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio", sino que el folleto incluía información "conscientemente alterada".
Ahora bien, la defensa de Ron esgrime un contundente informe, firmado por dos técnicos del Banco de España, que avala la situación financiera de la entidad en 2015 y su plasmación en la documentación con que contaban los inversores.
El banquero critica que el juez "prescinda" de esta conclusión y mantiene que quien invirtió en la ampliación de capital, como es su caso, contó con "toda la información necesaria" para "adoptar una decisión de inversión responsable".
"La confianza en la veracidad de las cuentas, como elemento de descargo inequívoco, resulta de la circunstancia no discutida de que el Consejo de Administración de Banco Popular suscribió un total de 390.346.952 títulos, incluyendo entre los suscriptores a don Ángel Ron, por importe de 487.933.690 euros (lo que correspondía a un 19,47% de las acciones emitidas)", añade el documento, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia.
Asimismo, el abogado de Ángel Ron se escuda en que el cargo de presidente del Popular no obligaba al directivo a conocer cada detalle de la entidad que encabezaba. Especialmente, si se trata de labores ajenas a su cargo.
"Mi representado tenía atribuidas funciones en el organigrama del banco que dependían de la confianza en el cumplimiento por otros —que actúan en el plano horizontal— de sus propios deberes normativos. Conforme al principio de confianza, con carácter general no se responde por la falta de cuidado ajeno, sino que el Derecho autoriza a confiar en que los otros cumplirán sus deberes de cuidado", expone.
De hecho, para apuntalar esta tesis de defensa, Choclán cita un auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que archivó el llamado caso Villarejo para el presidente de Iberdrola, Ignacio Galán, "desterrando por completo la existencia de una suerte de responsabilidad objetiva por el cargo" en la contratación del excomisario José Manuel Villarejo.
En aquella ocasión, la Sala concluyó que "no existe acto o norma alguna que determine la existencia de un deber de supervisión, vigilancia y control por parte del presidente de la compañía [Iberdrola], que se traduzca en una responsabilidad penal objetiva por parte del mismo, por el solo hecho de ostentar el cargo en la compañía".
A renglón seguido, cita la decisión del juez del caso Villarejo de archivar la causa para el banquero Isidre Fainé y el empresario Antonio Brufau. El magistrado de aquella causa les exoneró al considerar que, precisamente por su condición de altos directivos, no tenían la obligación de conocer los "pormenores" de todas las decisiones de sus compañías, como la de contratar a Villarejo. "No es un elemento incriminatorio aceptable", reconocía aquella resolución.
El recurso de Ron acusa a Calama de adoptar de forma "acrítica" la tesis de un perito que declaró como testigo en la instrucción, "pese a haber sido contradicho por todo el bagaje documental, pericial y testifical obrante en la causa". "Resulta indebida y no obedece a un fundamento racional", critica sobre la decisión del juez de mandar al banquillo a Ron y a la auditora de las cuentas del Popular, PriceWaterhouseCoopers (PwC).
"Vulnera el principio de culpabilidad y la prohibición de la responsabilidad por hecho ajeno, atribuir responsabilidad penal a una persona por el cargo o puesto de alta responsabilidad que ostenta en una empresa compleja, atribuyéndole superpoderes de policía".
"Las resoluciones invocadas descartan que los altos directivos de organizaciones complejas (como es el caso del señor Ron, presidente de una de las principales entidades financieras de Europa), tengan un deber de supervisión y conocimiento de las actividades que realizaban los cientos de empleados que formaban parte de Banco Popular", añade.
Cuando la entidad quebró, en 2017, fue adquirida por el Banco Santander por un euro y una ampliación de capital posterior, de 7.000 millones. En el auto en el que Calama propone mandar a juicio a Ron, el magistrado archiva la causa para quien fue su sucesor al frente del banco, Emilio Saracho. El juez señala que no existen pruebas que acrediten indudablemente que éste filtró información confidencial a la prensa para afianzar la venta del Popular al Santander.