La revisión de los smartphones de los viajeros en las fronteras de EEUU es inconstitucional si no existe sospecha real
MADRID, 13 (Portaltic/EP)
Las búsquedas que los oficiales de aduanas en Estados Unidos realizan en los 'smartphones' y ordenadores portátiles de los viajeros que entran en el país, llegando incluso a confiscarlos, si no cuentan con una sospecha real e individualizada son inconstitucionales, según el tribunal de distrito de Massachusetts.
El tribunal ha determinado este martes que se trata de una práctica que viola la Cuarta Enmienda -que recoge los derechos a la privacidad y a no sufrir una invasión arbitraria-, y que debe hacerse solo si existe sospecha individualizada sobre el viajero.
Esta decisión sigue a la denuncia interpuesta en 2017 por un grupo de once personas afectadas, y representadas por la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) y la Electronic Frontier Foundation. Alegaron la violación de sus derechos constitucionales como consecuencia de la búsqueda sin existir sospecha sobre ellos realizada por los oficiales.
Los denunciantes indicaron que los oficiales de aduanas cogieron sus dispositivos electrónicos, como 'smartphones' y ordenadores portátiles, y buscaron en ellos datos personales, llegando en algunos casos a extraer y retener datos.
Uno de los denunciantes es un ingeniero de la NASA, y el teléfono móvil pertenecía al laboratorio de propulsión jet de la Agencia y contenía información de su trabajo. Otra demandante denunció que accedieron a su iPhone en dos ocasiones y, pese a hacer constar su objeción por motivo religioso, los oficiales accedieron a fotografías suyas y de sus hijas sin velo.
Una de las medidas establecidas en Estados Unidos para garantizar la seguridad nacional y la lucha contra el terrorismo es la búsqueda de información en los dispositivos electrónicos, como recogieron en políticas por escrito en 2009 las dos principales agencias encargadas de las fronteras en el país, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (ICE) y Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
Estas búsquedas se han multiplicado desde la llegada de Donald Trump a la presidencia del país, como señalan en The Verge y Mashable. En 2018, se incluyo la distinción entre una búsqueda "básica" y una "avanzada" y el requisito de tener una "sospecha razonable o una preocupación para la seguridad nacional", el menos en el caso de las búsquedas avanzadas, como recoge el texto del fallo.
El tribunal ha resaltado que "los parámetros de una búsqueda avanzada son más claros" que la de una búsqueda básica, que queda definida como "cualquier búsqueda fronteriza que no sea una búsqueda avanzada". Y que en cualquier caso, uno y otro tipo de búsqueda al no contar con una "distinción significativa" en términos de interés de la privacidad, "la sospecha razonable debería aplicarse en ambos tipos de búsquedas en al frontera".