El TSJA suspende el contencioso de la mina de Aznalcóllar (Sevilla) hasta que se resuelva la causa penal
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado suspender la causa incoada por su sección primera, a cuenta del recurso contencioso administrativo de Emerita Resources España contra la adjudicación de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar (Sevilla) a la agrupación empresarial México Minorbis, hasta que sea resuelva la causa penal.
27 noviembre, 2018 10:15Así queda de manifiesto en un auto emitido el pasado 21 de noviembre por la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, en el marco del litigio contencioso administrativo promovido por Emerita Resources contra la resolución del concurso público promovido por la Junta de Andalucía para adjudicar la reapertura del citado yacimiento minero, mediante la adjudicación de los derechos de explotación a la agrupación empresarial México Minorbis.
Dicho auto, recogido por Europa Press, responde a una petición expresa formulada en tal sentido el 27 de octubre de 2016 por Emerita Resources España, toda vez que la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, como parte demandada, se oponía a sus pretensiones respecto a la suspensión provisional del litigio contencioso administrativo en espera de la resolución de la causa penal.
La Junta considera que debía "acreditarse el carácter imprescindible y decisivo de la cuestión penal sobre la controversia contencioso administrativa", extremo que a juicio de la Consejería no ocurría en este caso porque en el litigio contencioso se dirimen aspectos "puramente administrativos".
A juicio de la Junta, así, no existía "ninguna necesidad de pronunciamiento penal previo", atisbando un intento de Emerita Resources por "instrumentalizar el proceso penal".
La sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, en ese sentido, admite la "identidad sustancial entre los hechos" analizados en la causa penal y en el litigio contencioso administrativos, exponiendo que si quedase acreditada "una actuación constitutiva de delito o la relevancia jurídico penal de los hechos" investigados, tal extremo tendría "una influencia decisiva en la resolución" del contencioso.
Del mismo modo, expone el Alto Tribunal que "la denunciada instrumentalización del proceso penal es una circunstancia cuya apreciación correspondería" al propio orden Penal, accediendo finalmente a las pretensiones de la solicitud promovida por Emerita Resources hace ya más de dos años y suspendiendo el procedimiento incoado a cuenta de la impugnación contencioso administrativa de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznañcóllar, hasta la resolución del proceso penal que se sigue en el Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla.
LA INVESTIGACIÓN DE LA MINA
La causa que investiga la juez de instrucción Patricia Fernández Franco, recordémoslo, deriva de la impugnación de la resolución del concurso internacional promovido por la Junta de Andalucía para adjudicar los derechos de explotación de la mina de Aznalcóllar, cerrada después del conocido desastre medioambiental de 1998. Al citado concurso concurrieron la agrupación empresarial México Minorbis, participada por la andaluza Magtel, y Emerita-Forbes Manhattan, siendo adjudicados los derechos de explotación al grupo México Minorbis.
Tras ser resuelto el concurso, Emerita-Forbes Manhattan elevó a los juzgados una denuncia acusando a la Administración autonómica de haber incurrido en presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y fraude, alegando entre otros aspectos que su oferta económica superaba ampliamente a la de Minorbis, adjudicataria final de los derechos de explotación.
Merced a dicha denuncia, la juez Patricia Fernández Franco llegó a apreciar "graves irregularidades" en el proceso de adjudicación, investigando incluso a la directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, apartada de tal cargo hasta que la juez instructora del caso decidió después archivar las actuaciones. Empero, ante las impugnaciones a tal decisión por parte de Emerita y Manos Limpias, la Audiencia Provincial ordenó allá por 2016 la reapertura de la investigación judicial.