Luz verde de la Comisión de Asuntos Económicos del Congreso a la reforma de la Ley de Sociedades de Capital que introduce las acciones de lealtad en las cotizadas españolas. Casi un año después de presentar el anteproyecto, el texto normativo pasa al Senado, donde no se espera que se introduzcan modificaciones.

La iniciativa impulsada por la vicepresidencia de Asuntos Económicos y Transformación Digital, ha salido adelante por unanimidad. Ha contado, por tanto, con los votos del PSOE, el PP, Vox, Unidas Podemos, Esquerra Republicana, Ciudadanos y el PDeCAT gracias a que más de 50 enmiendas fueron aprobadas de una sola tacada.

Estas enmiendas habían sido propuestas por PSOE, PP, Unidas Podemos, Ciudadanos, PDeCAT y también Vox, que había presentado una transaccional. Así, durante su paso por la Comisión, los grupos han rechazado todas las enmiendas que quedaban vivas, de manera que se han limitado a los cambios introducidos en la fase de ponencia.

Cambios

Entre los cambios introducidos por los grupos está la regulación de las juntas de accionistas de las sociedades cotizadas de manera exclusivamente telemática. Una posibilidad ya recogida en los primeros compases de pandemia y para la cual el PSOE propuso una regulación concreta, aunque con más requisitos para asegurar la interación en tiempo real y una participación y seguimiento efectiva de la junta.

En lo que respecta a la política de remuneración, se busca clarificar que el consejo de administración tenga que proponer a la junta su propuesta de cambio de política antes del cierre del ejercicio anual en el que acabe la política anterior. Asimismo, que se contemple expresamente que la junta de accionistas pueda determinar que la nueva política se comience a aplicar de manera inmediata.

Opas de exclusión

Por otro lado, también se rebajan las obligaciones de información sobre gobierno corporativo a los fondos de inversión, a los que se extiende el régimen simplificado, eximiéndoles así de la publicación de su informe anual de gobierno corporativo.

Sobre las opas de exclusión, los grupos han acordado a propuesta del PSOE que una sociedad saque de la negociación en bolsa a una empresa únicamente si consigue elevar al 75% su participación en el capital. Así se evitan estos procesos por mayoría simple como ha ocurrido en casos recientes como el de Telepizza.

Todo ello con el fin de evitar que un ofertante sitúe a los accionistas en la tesitura de tener que vender sus acciones ante la perspectiva de quedarse como propietarios de una sociedad no cotizada, independientemente del resultado de la oferta e incluso sin que llegue a alcanzar el 50% del capital.

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