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Llega el registro laboral obligatorio a España: ¿quién debe hacerlo y cómo?

  • La norma trata de combatir la precariedad laboral y el fraude de las horas extras
  • El incumplimiento de la norma acarrea multas de hasta más de 6.000 euros
10 mayo, 2019 06:00

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El próximo domingo 12 de mayo entrará en vigor la obligación para las empresas de implementar un registro laboral en el que los empleados dejen constancia de la hora de entrada, la de salida y de las pausas. La normativa pretende atajar la precariedad laboral, contabilizar las horas extras y que se respeten los tiempos mínimos de descanso. 

Todas las compañías deben cumplirlo sin excepción, pero el tipo de sistema de registro es de libre elección y cada cual lo podrá negociar con los representantes de los trabajadores. Muchas empresas han optado por instalar sistema de reconocimiento de huella dactilar mientras que otras han optado por métodos menos tecnológicos como puede ser anotar los horarios en una hoja de papel. 

La Inspección de Trabajo empezará a comprobar a partir de la próxima semana que se cumple con la medida. La norma obliga a conservar los datos de los registros durante cuatro años y, además, a que estén disponibles tanto para los empleados como para sus representantes legales. No llevarla a cabo puede acarrear sanciones importantes de hasta más de 6.000 euros, pero, debido a que muchas empresas aún se encuentran en plena negociación con los trabajadores para determinar cómo realizarán el registro, el Ministerio de Trabajo ha decidido establecer un periodo de gracia y durante las primeras semanas no se multará

Las empresas de trabajo temporal (ETT) también tienen que llevar a cabo el registro. Respecto a los trabajadores subcontratados, será la empresa que ofrece el servicio –y no la que lo contrata– quien debe contabilizarlo, aunque los medios para poder registrar la jornada laboral deberán estar implantados en el lugar donde se realice el trabajo. 

El objetivo principal es combatir el fraude de las horas extras, es decir, el tiempo que los empleados trabajan y que luego no cobran. Según los últimos datos de la encuesta de población activa (EPA) el 46% de los trabajadores hace horas extraordinarias por las que ni es remunerado ni cotiza. En total suponen más de 2,6 millones de horas de trabajo no pagadas a la semana. 

¿QUÉ PASA CON LAS JORNADAS FLEXIBLES?

Los empresarios señalan que no son pocas las trabas con las que se encuentran. Desde la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) declaran estar preocupados por la ausencia de pautas concretas. Señalan que no todos los sectores ni las empresas son iguales, con lo que, el registro de horarios debería adecuarse a los diferentes sectores y contemplar medidas concretas para el teletrabajo o las jornadas flexibles.

Es posible encontrar la solución a estos conflictos, sin embargo, en nuevas herramientas tecnológicas. Sage Control Horario es una plataforma en la nube que permite el control de los horarios y los fichajes, así como la creación ilimitada de horarios fijos, flexibles o rotativos. Cuenta con un sistema de fichaje digital, a través de la ‘app’ y de la web y es compatible con terminales de fichaje tradicionales, como el reconocimiento facial o la biometría. Además, los trabajadores pueden disponer de toda la información de la jornada laboral, calendario laboral de bolsillo o solicitar vacaciones desde cualquier lugar dispositivo.

Para este propósito también está disponible la nueva aplicación Ficha.Work, desarrollada por Double.ok para que microempresas y pymes puedan cumplir de una manera sencilla con la nueva normativa del registro laboral. Los empleados de la empresa tendrán que darse de alta a través de la cuenta de la empresa y podrán fichar desde sus propios móviles para dejar constancia de sus horas de entrada y de salida.