Adiós a los planes de pensiones: los dueños sacarán su dinero y lo pondrán en vivienda por este motivo
- Te contamos el importante cambio que habrá a partir de enero de 2025 y que abre otra posibilidad de rescate a los planes de pensiones.
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Más de 8 millones de personas tienen contratado un plan de pensiones en España. Si lo traducimos a euros, hablamos de unos 89.000 millones, según los datos de la Asociación de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco).
Una cantidad que podría mermar por una situación que tendrá lugar el 1 de enero de 2025. Y es que a partir de ese se produce un importante cambio que se traducirá es un trasvase de dinero de dichos planes a la vivienda.
Así lo ha asegurado Gonzalo Bernardos, profesor de Economía en la Universidad de Barcelona, en la red social X (antes Tiwitter): “Se avecina una salida de mucho dinero”.
¿Qué es un plan de pensiones?
Un plan de pensiones, según explica BBVA, “es un producto de ahorro ‘previsional’ a largo plazo con un objetivo principal: generar un ahorro del que disponer en la jubilación en forma de capital o de rentas”.
Dicho plan se basa en una serie de aportaciones que lleva a cabo el titular del mismo ya sea de manera periódica o puntual. Dicho dinero es invertido por los gestores del plan siguiendo unos criterios de rentabilidad y riesgo previamente establecidos en la política de inversión del plan.
De esta forma, a la hora de rescatar su plan de pensiones, “el titular obtiene una cantidad de dinero en base a las aportaciones realizadas y la posible rentabilidad obtenida”.
Sin embargo, este producto tiene un inconveniente: su falta de liquidez. Es decir, que no se puede retirar el dinero invertido en este producto antes del final del tiempo pactado. O era. Porque en 2025 va a haber un cambio que hará más fácil su rescate.
¿Qué cambio habrá en 2025?
Como ya se ha dicho, el dinero guardado en este producto no se puede retirar hasta que se alcanza el tiempo pactado. Eso sí, hay una serie de contingencias o supuestos excepcionales de liquidez. Así queda recogido en el Reglamento de planes y fondos de pensiones.
¿Cuáles son esas contingencias? Pues se puede retirar en el momento de la jubilación, ya sea porque toca por edad, anticipada o diferida. Otro es en caso de gran dependencia o dependencia severa.
También si se concede a la persona la incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual, la absoluta y permanente para todo trabajo, y la gran invalidez. Por último, en caso de fallecimiento. En este supuesto, son los beneficiarios quienes decidirán si deciden rescatar el plan o seguir con él.
¿Y cuáles son los supuestos excepcionales? Uno de ellos tendrá lugar en 2025. Y es que, a partir del próximo año, se podrán rescatar aquellas aportaciones y rendimientos vinculados a las mismas cuando estas tengan más de 10 años de antigüedad.
Dicho de otra manera, el titular de un plan de pensiones podrá rescatar en 2025 las aportaciones hechas hasta 2015 y los rendimientos correspondientes en el caso de que los hubiera. Al año siguiente, en 2026, podrá hacer lo propio con lo aportado y sus rendimientos hasta 2016... Y así año tras año.
Por esta razón, Gonzalo Bernardos prevé que, durante los primeros meses de 2025, habrá “una salida de mucho dinero dinero con destino al mercado de la vivienda”. Dinero que servirá para ayudar a sus hijos en la adquisición de vivienda. Otros dos supuestos excepcionales serán cuando la persona sea un parado de larga duración o en caso de enfermedad si ésta impide trabajar.
¿Cómo se rescata un plan de pensiones?
Hay diferentes maneras de rescatar un plan de pensiones. Una de ellas es cobrar todo el dinero acumulado de una vez, en un sólo pago. Es lo que se conoce como en forma de capital.
Otra manera es como una renta. Es decir, que se fijan determinados periodos en los que el titular va a recibir el dinero ahorrado: mensual, trimestral o semestralmente.
Al hacerlo así, la persona determina cuánto dinero va a recibir en cada pago. Es recomendable este último caso, entre otras consideraciones, porque así se acabará pagando menos en el IRPF que si se hace de golpe.
Hay una tercera opción, denominada mixta, que mezcla las dos anteriores: una parte se cobra de una vez, y otra de forma periódica. Y, por último, hay una cuarta: rescatarlo en forma de renta vitalicia.
En vez de ir cobrando el dinero hasta que se agote, se puede llegar a un acuerdo con el banco para recibir una cantidad prefijada para el resto de la vida del titular del plan de pensiones.