La primera sentencia fruto de una inspección de trabajo ha dictaminado que 531 riders de Deliveroo en Madrid son falsos autónomos. La Justicia reconoce así que "en el tiempo en el que prestaron respectivamente sus servicios" existía una relación laboral y no mercantil como defendía la compañía.
Entre los hechos probados, el juez ha tenido en cuenta que en la prestación del servicio, excepto la conexión a internet y el teléfono móvil "la sociedad demandada (Deliveroo) facilitaba a los repartidores los medios si aquellos no disponían de los mismos".
En la sentencia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, también se explica que a través de la aplicación "se realizaba también un seguimiento de la actividad de los repartidores, conociéndose, entre otros, la hora de inicio y fin de su prestación de
servicio, su localización en cada momento través de GPS y tiempos de reparto".
La Justicia ha tenido en cuenta a los repartidores de Asoriders quienes defienden su condición de autónomos. "No lleva a una conclusión distinta el hecho de que una parte
de los repartidores, minoritaria en todo caso, sean opuestos a la existencia de un contrato de trabajo, ya que el posicionamiento en el proceso de los mismos no puede perjudicar al resto de las partes", indica el documento.
Autonomía del trabajador
En definitiva, el juez señala que el "margen real de autonomía se limita así a aspectos que estimo que no son determinantes en orden a la calificación de la relación como laboral, como es la elección del medio de transporte (como se ha dicho, de importancia muy relativa en este caso), la concreta ruta (aunque parece evidente que elegirán la más corta) y la posibilidad de rechazar el pedido".
La decisión de la Justicia le costará a Deliveroo 1,2 millones de euros en cotizaciones a la Seguridad Social. Sin embargo, se trata de una sentencia de lo social que no crea jurisprudencia. “Esto puede durar, hasta que las empresas se cansen de tener sentencias en contra”, explicaba Esther Comas, letrada del Colectivo Ronda
Tras esta decisión del Juzgado de lo Social nº19 de Madrid, Deliveroo puede interponer un recurso de suplicación en los próximos cinco días.
Deliveroo apelará el fallo
La compañía ha comunicado que apelará el fallo porque "cree que la sentencia no refleja la forma en que los riders colaboran con la compañía". Deliveroo añade que "colabora con riders autónomos, ya que esta modalidad les permite tener la flexibilidad y el control que desean. Como autónomos, los riders pueden elegir si quieren trabajar o no, así como cuándo, cuánto y con qué compañía hacerlo".
Sin embargo, el juez no considera que estas condiciones sean suficientes para considerar la autonomía de los repartidores. Deliveroo recuerda que "ha abogado continuamente por una reforma legal que permita a las empresas ofrecer a los riders autónomos más seguridad, sin poner en peligro la flexibilidad".
Este nuevo modelo es el de TRADE digital o una adaptación del modelo francés que garantiza ciertas protecciones para los repartidores aunque les sigue considerando autónomos.