Transportes tendrá que revisar si otorga una moratoria de dos años de actividad a 16.000 VTC
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que la decisión del Ministerio de Transportes de recurrir a INECO para la tramitación de los recursos no se ajusta a Derecho.
6 octubre, 2021 20:25Noticias relacionadas
Vuelta a la casilla de salida del llamado 'Decreto Ábalos' por el que se regula la actividad de los vehículos de alquiler con conductor (VTC). El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha fallado que el Ministerio de Transportes tendrá que revisar de nuevo 16.000 solicitudes para alargar el funcionamiento de esas licencias como transporte urbano a partir de 2022.
El texto elaborado por el Ministerio buscaba limitar la actividad de las VTC, enfrentadas con el Taxi allá por el año 2018. En aquel entonces el Ejecutivo decidió que debía cumplirse la proporción de una VTC por cada 30 taxis y, por tanto, estableció un mecanismo para reducir el número de vehículos de alquiler con conductor en las calles.
¿Cómo lo hizo? A través de un decreto en el que se establecía que las VTC excedentes sólo podrían prestar servicios interurbanos, acabando así con la posibilidad de que realicen viajes dentro de la misma ciudad como hasta entonces.
Así que para evitar una indemnización a sus propietarios en términos económicos, se decidió otorgarles una moratoria de actividad de cuatro años, que los propietarios podrían prorrogar otros dos años más si demostraban que el daño ocasionado era mayor que el previsto por el Gobierno. Es decir, que podrían operar hasta 2022 o 2024 si lograban alargar el plazo.
Ahora lo que dice la sentencia es que esas 16.000 solicitudes deben ser revisadas. ¿Por qué? Porque la sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia, considera que el Ministerio de Transportes erró al recurrir a la entidad pública INECO para que llevase a cabo la gestión y posterior tramitación de los expedientes administrativos.
A juicio del Tribunal "la actividad administrativa propia de los procedimientos de indemnización complementaria expresados […] fue sustraída a los funcionarios públicos a quienes correspondía su tramitación".
Para los magistrados, los empleados de INECO llevaron a cabo "la casi completa tramitación de los procedimientos resueltos mostrando así una intervención regular, permanente y continua de personal no funcionario en su tramitación y resolución".
Privatizaron la administración
No sólo eso, la sentencia asegura que se "privatizó de forma encubierta la prestación de un servicio reservado a los funcionarios públicos [....] con grave quebranto de elementales principios que presiden el ejercicio por la Administración Pública de sus potestades en nuestro Estado de Derecho". ¿Por qué? Básicamente porque "se ha producido una desfuncionarización" que desnaturaliza "como procedimiento administrativo" la comprobación de las solicitudes presentadas por los ‘amos’ de las VTC.
Así que ahora el Ministerio de Transportes tendrá que volver a revisar todas las solicitudes de prórroga. Para ello le quedan algo menos de once meses, y en el aire están más de 16.000 licencias VTC que habían presentado la solicitud.
Los demandantes solicitaban también que el TSJM elevase una cuestión de constitucionalidad sobre el ‘Decreto Ábalos’ al Tribunal Constitucional o preguntara al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Sin embargo, los magistrados consideran que no ha lugar dado que ya se ha fallado que el procedimiento no se ajusta a derecho.
Ahora está por ver lo que hará el Ministerio de Transportes, aunque las fuentes consultadas por EFE explican que todavía se está estudiando la sentencia antes de tomar una decisión al respecto.