Una mujer, con un chaleco que pone 'Soy víctima de inquilino okupa', en una concentración en apoyo a los afectados por la okupación.

Una mujer, con un chaleco que pone 'Soy víctima de inquilino okupa', en una concentración en apoyo a los afectados por la okupación. Fernando Sánchez / Europa Press

Observatorio de la vivienda

Atención caseros de vivienda en alquiler: así puedes evitar que un moroso profesional se cuele en tu casa

10 agosto, 2024 10:11

Poner una vivienda en alquiler se está convirtiendo en una profesión de riesgo. Entre otras razones, por la morosidad. De media, los inquilinos dejaron a deber a los caseros 7.608,34 euros durante 2023 según el estudio ‘Morosidad en arrendamientos Urbanos en España en 2023’ de la Fundación Alquiler Seguro y la Universidad Rey Juan Carlos.

Se trata de un aumento del 0,85% respecto al año anterior. Una cantidad que engloba tanto a aquellos inquilinos que no pueden hacer frente al pago de la renta de forma puntual, por ejemplo, por haber perdido el trabajo, como a aquellos que dejan de pagar por sistema. Es decir, los inquiokupas.

Estos tienen su particular modo de actuación: firman un contrato de alquiler de manera totalmente legal. Hasta aquí todo normal. Sin embargo, al poco tiempo (dos o tres meses), dejan de pagar la renta. Y eso supone un gasto de tiempo y dinero para los propietarios.

¿Cómo detectar a un inquiokupa?

Desalojar a un inquiokupa es una labor compleja, ya que se conocen las artimañas legales para demorar durante un largo periodo de tiempo su expulsión de la vivienda. Por eso, es conveniente que los arrendadores sigan una serie de consejos para evitarlo.

Así, y según Alquiler Seguro, si el futuro inquilino tiene muchas prisas por entrar, y asegura que tiene dinero suficiente, hay que desconfiar. Lo mismo que si paga varios meses por adelantado.

En el caso de que dé largas a la hora de entregar documentos necesarios para la firma del contrato (como nóminas, por ejemplo), hay que echar el freno. Igual si quiere formalizar el contrato de forma verbal y no por escrito.

Otra señal de alarma es que insista en no cambiar la titularidad de los suministros, que permanezcan en los mismos el propietario. De hacerlo, el casero, en caso de impago, el responsable subsidiario de la deuda acabará siendo el propietario. 

Oferta de compra, venta y alquiler de pisos en una inmobiliaria de Santiago.

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Otra trampa es que firme el contrato una sola persona y luego entre a vivir mucha gente. Este inquiokupa puede ceder la vivienda y hasta subarrendarla.

Por último, y una vez ha dejado de pagar el alquiler, será misión imposible contactar con él. Siempre tendrá el móvil comunicando, apagado o fuera de cobertura.

¿Cómo actuar ante un moroso profesional?

Lo primero que deberá hacer el arrendador es tener una conversación para tratar de llegar a un acuerdo con el arrendatario. De no producirse, el siguiente paso será reclamar la deuda por carta mediante un escrito: burofax con certificación del contenido y acuse de recibo, o un conducto o requerimiento notarial.

“En este documento, deberá exigir al inquilino que abone la deuda en un plazo determinado y advertir de que, de no hacerlo, acudirá a la vía judicial”, explican desde Alquiler Seguro.

En este caso es importante saber que el inquilino no podrá paralizar el desahucio de la vivienda antes del juicio mediante pago previo si la notificación de la exigencia de pago se realizó treinta días antes de la presentación de la demanda judicial.

“En el caso de que el arrendador haya requerido al arrendatario para el pago por medios fehacientes, como un burofax, y hayan pasado más de 30 días sin producirse el pago, el arrendatario no podrá enervar el desahucio en vía judicial”, añaden.

Llegados a este punto conviene recordar que, cuando se reclama por vía judicial, se puede exigir el pago de la deuda, solicitar el desahucio para poder recuperar la vivienda, o ambas. El arrendatario podrá responder oponiéndose a la demanda, que es una de las opciones más comunes, puesto que es la mejor forma de alargar el proceso e ir a juicio.

El inquilino también tiene otras dos posibilidades: no oponerse a la demanda, en cuyo caso deberá abandonar la vivienda de forma voluntaria; o la enervación, que consiste en abonar la cantidad adeudada a cambio de mantener el contrato en vigor. Esta opción sólo es posible si responde a la primera notificación por escrito antes de treinta días.