Málaga

El Ayuntamiento de Málaga acaba de dar luz verde al proyecto de modificación de la ordenanza que regula la plusvalía municipal en la ciudad, adaptando su contenido y su aplicación al reglamento nacional vigente desde finales del año pasado. El mismo, hay que recordar, fue modificado después de que el Tribunal Constitucional anulara varios de los artículos de la norma anterior.

Grosso modo, según han destacado desde el Consistorio, con esta adaptación se va a aplicar una nueva fórmula de cálculo del impuesto que va a suponer reducción media sobre el conjunto de las transmisiones (sean intervivos o mortis-causa) del 36,82% en la cuantía de las cuotas a abonar. "No recuerdo una rebaja fiscal por un importante tan elevado", ha valorado Carlos Conde, el concejal de Hacienda.

Aunque en algunos casos este porcentaje puede llegar 81% (para un período de generación de 13 años). La aplicación de estos ajustes va a provocar que el Ayuntamiento deje de ingresar, de media, unos 19,8 millones de euros. Precisamente, Conde ha aprovechado para reclamar al Gobierno una compensación por esta afectación.

Cuatro son los cambios a introducir en el texto reglamentario de la ordenanza. El primero de ellos es la creación de un nuevo supuesto de no sujeción para evitar que se sometan a tributación aquellas ventas que no generen beneficio.

El segundo es que se establecen dos métodos de cálculo de la base imponible: el sistema objetivo o tradicional, que se aplica a partir del valor del suelo del terreno multiplicado por un coeficiente, y el método alternativo (directo), donde la base imponible se obtiene por diferencia entre el precio de venta y el precio de compra. El vecino podrá elegir la aplicación del método que le resulte más favorable.

El tercer ajuste es que el método tradicional de cálculo de la base imponible (método objetivo) se transforma, aplicando un coeficiente de incremento único sobre el valor del suelo en función al número de años transcurridos desde la anterior transmisión. 

Y el cuarto es que se someten a tributación transmisiones con períodos de posesión inferior a un año, que en la redacción anterior de la Ley de Haciendas estaban excluidas de tributación. El coeficiente único para periodos inferiores al año (0,14) se prorratea en función al número de meses naturales transcurridos desde la anterior transmisión.

Una vez aprobada la modificación de la ordenanza por la Junta de Gobierno Local, está previsto que la propuesta sea sometida a la consideración de la Comisión de Economía y Hacienda, antes de la aprobación inicial por parte del Pleno. A partir de ese momento se iniciará un período de alegaciones antes de su aprobación definitiva y su entrada en vigor.

Modificación Relación de Puestos de Trabajo

Por otro lado, el Ayuntamiento ha aprobado distintas modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo RPT), previamente negociadas con los representantes legales del personal funcionario y laboral.

En cumplimiento del Acuerdo de Funcionarios y del Convenio Colectivo del Personal Laboral, ambos para los ejercicios 2021-2023, se modifica el complemento de destino de una serie de puestos no singularizados.

Estos son los de oficial de oficio (tanto para el personal laboral como personal funcionario); policía de la Policía Local (personal funcionario); subinspector de la Policía Local; auxiliar de administración general (tanto para el personal laboral como personal funcionario); administrativo de administración general (tanto para el personal laboral como personal funcionario); y técnico medio (tanto para el personal laboral como personal funcionario).

También en cumplimiento del acuerdo y convenio mencionados, se modifican los complementos específicos de distintos puestos: policía y bombero; ordenanzas de OMAC; en personal de la escuela infantil; y en oficiales de oficio conductor concejalías.

Otro de los aspectos que la modificación prevé es que, con motivo de la próxima aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización, se procede a crear 79 puestos correspondientes a las plazas de funcionarios de personal temporal sin puesto de referencia en la Relación de Puestos vigente (personal laboral indefinido): 5 de Técnico Superior Psicólogo, 44 de Técnico Medio Diplomado Trabajo Social, 17 de Técnico Medio Educador y 13 de Auxiliar Administración General.

Se crean otros 8 puestos correspondientes a las plazas de personal laboral correspondientes a personal laboral temporal integrado (indefinido integrado y eventual integrado): 2 de Técnico Medio Deportes; 1 de Técnico Auxiliar Deportes; 3 de Operario Conserje; 1 de Operario Limpieza; y 1 de Técnico Auxiliar Delineante.

Se transforman 3 puestos de distintas plazas en 1 Monitor y 2 Técnico Medio Diplomado Trabajo Social. Dichos puestos/plazas cumplen los requisitos exigidos en la citada Ley 20/2021 para ser incluidos en el proceso de estabilización.

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