Consumo expedienta al Reggaeton Beach de Marbella por impedir entrar con comida y bebida
Estas infracciones pueden llegar a sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros (las graves), y entre 100.001 y 1.000.000 (las muy graves).
2 agosto, 2023 15:22Noticias relacionadas
El ministerio de Consumo ha iniciado, por primera vez, el procedimiento para expedientar a una empresa encargada de organizar festivales en diversas partes del país. En concreto, se trata de la empresa DQG Norte, AIE, organizadora del Reggaeton Beach Festival, que tiene lugar en once ciudades españolas, entre las que se incluye Marbella.
El motivo es que la compañía incluye como cláusula obligatoria la prohibición expresa de entrada al recinto del festival con comida o bebida del exterior, pudiendo los asistentes ser registrados y, en su caso, denegarles la entrada por este motivo.
Sin embargo, esta prohibición se contradice con la indicación recogida en la que se subraya que se puede acceder con determinada comida y bebida, botella de agua pequeña, pieza de fruta, sándwich o snack precintado, exigiéndose adicionalmente en otro apartado distinto que no se aceptaran bocadillos o comida casera precintados con papel de plata o film.
Tras las denuncias de FACUA, el Ministerio de Consumo anuncia su primer expediente sancionador. Se trata del Reggaeton Beach Festival, que impide tanto la entrada con comida como pagos en efectivo y se queda con parte del sobrante de sus pulseras cashless. https://t.co/lQbvxHyl9z
— FACUA (@FACUA) August 2, 2023
Además, se está investigando el sistema de pago a través de pulseras cashless, que este organizador incluye en aquellos eventos que están ya a la venta a fin de evitar el uso de metálico. El sistema de pulsera cahsless es la única forma de pago admitido dentro del recinto del festival.
La devolución y reeembolso de la cantidad sobrante no se admite por debajo de 2 euros debido a los gastos de gestión que ascienden a 1,5 euros. El incumplimiento en este supuesto constituiría una infracción al ser consideradas cláusulas abusivas, así como la negativa a aceptar el pago en efectivo.
Esta acción del Consumo se produce después de que FACUA denunciara a la empresa ante las autoridades de protección a los consumidores autonómicas por impedir el acceso a los recintos con comida y bebida del exterior, no permitir el pago en efectivo en el interior y quedarse con parte del dinero de las pulseras cashless en el reembolso.
Sanciones
Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves, y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.
"En el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de las muy graves", recoge el ministerio en un comunicado.