Imagen de archivo de policías.

Imagen de archivo de policías.

Motor

Cuidado, conductores: esta es la multa que te pueden poner por llevar este objeto tan cotidiano en el coche

Realizar esta práctica tan común supone una sanción económica de hasta 1.000 euros. 

22 septiembre, 2024 13:04

Cada vez más personas optan por vender su coche utilizando plataformas de segunda mano o incluso redes sociales. Además, hay quienes colocan el cartel de "se vende" con las especificaciones del vehículo en las ventanas del coche, con el fin de atraer la atención de posibles compradores que pasen por el lugar donde está aparcado.

Sin embargo, aunque se trata de una práctica de lo más común hoy en día. Los conductores que promocionen de este modo que el vehículo está en venta, se enfrentan a sanciones que podrán variar en importe dependiendo de la normativa del ayuntamiento en el que se encuentre el coche. 

Las autoridades municipales consideran que aparcar un coche que tiene colocado un cartel de "se vende" constituye un uso indebido e injustificado de la vía pública y que contribuye a la contaminación visual del entorno urbano. 

Imagen de archivo de un cartel en el coche.

Imagen de archivo de un cartel en el coche.

Las sanciones pueden llegar a los 1.000 euros e incluso la retirada del vehículo de la vía, por lo que es conveniente consultar si la normativa municipal lo permite. No obstante, conviene revisar la normativa municipal de cada localidad para que los conductores y dueños de los vehículos eviten multas innecesarias por ello.

Estos carteles se suelen ver en coches aparcados en la calle o en garajes, pero hay, incluso, algunos conductores que circulan con estos papeles bloqueando la visibilidad de una de las ventanillas o incluso de la luna.

Al igual que si colgamos cualquier elemento en el retrovisor que nos suponga pérdida de visibilidad a la hora de conducir, circular con objetos pegados al cristal del vehículo supone una infracción grave.

De hecho, así lo recoge el artículo 19 del Reglamento General de Circulación: "La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos".

En este sentido, llevar cualquier objeto en la luna, los retrovisores o las ventanillas que suponga una pérdida de visibilidad y, por tanto, una mayor probabilidad de accidente puede suponer una multa que asciende a los 200 euros.

Además, según ha avisado la ANCOVE (la Asociación Nacional de Comerciantes de Vehículos), muchos de los coches con cartel de venta provienen de grupos comerciales organizados. Esto supone, a la hora de remitir cualquier problema o daño, la exención de garantías que sí estarían cubiertas por los portales de compraventa actuales o comercios profesionales.

La multa más común

Tal y como podemos comprobar la mayoría de españoles, la Dirección General de Tráfico impone multas de todo tipo, económicas, perdida de puntos, e incluso, en los casos más graves, la retirada del carné de conducir con el objetivo de garantizar seguridad en las carreteras. 

En este sentido, una de las sanciones más comunes y peligrosas es el exceso por velocidad. La DGT establece penalizaciones estrictas para disuadir a los conductores de sobrepasar los límites establecidos. Las multas por exceso de velocidad varían según la magnitud de la infracción, pudiendo alcanzar hasta 600 euros y la pérdida de 6 puntos del carné de conducir

Además, en casos extremos, donde se supera en más de 60 km/h el límite permitido en vías urbanas o en más de 80 km/h en vías interurbanas, el conductor puede enfrentarse a sanciones penales, incluyendo la posible privación del derecho a conducir.