El TJUE tumba la reforma judicial de Polonia porque vulnera la independencia de los jueces
La norma fue promovida por el Gobierno euroescéptico de Ley y Justicia, principal aliado de Vox en la Eurocámara.
24 junio, 2019 16:05Noticias relacionadas
- Las dificultades de Puigdemont para que el TJUE se pronuncie sobre su acreditación
- Vox compartirá grupo en la Eurocámara con los aliados flamencos de Puigdemont
- Susana del Río: "Sánchez se equivoca eligiendo sólo a Macron, en la UE debería mirar al Grupo Popular"
- El asalto a Navarra obliga a Sánchez a lograr la abstención de Junqueras, Puigdemont u Otegi
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha tumbado este lunes la reforma judicial promovida por el Gobierno euroescéptico polaco de Ley y Justicia -principal socio de Vox en la Eurocámara- por considerar que vulnera los principios de inamovilidad de los jueces y de independencia judicial. La norma en cuestión imponía la prejubilación forzosa de los jueces críticos del Tribunal Supremo polaco, entre ellos su presidenta, Malgorzata Gersdorf, y ya fue paralizada de forma cautelar por Luxemburgo en octubre de 2018.
El Gobierno polaco ha contado en este procedimiento con el apoyo de la Hungría de Viktor Orbán, que también está en el punto de mira de Bruselas por su deriva autoritaria. Un respaldo que al final no le ha servido de nada.
La sentencia da la razón la Comisión Europea, que fue la que denunció ante el Tribunal de Justicia la ley polaca sobre el Tribunal Supremo y pidió las medidas cautelares. La ley rebaja la edad de jubilación de los jueces de 70 a 65 años, una medida que suponía el retiro forzoso de 27 de los 72 magistrados de dicho Tribunal, entre ellos Gersdorf, pese a que su mandato legal no concluye hasta 2020.
El Tribunal de Justicia de la UE rechaza todas las alegaciones presentadas por el Gobierno de Varsovia, que sostenía que la reducción a 65 años de la edad de jubilación de los jueces se debió a la voluntad de armonizarla con la edad general de jubilación aplicable al conjunto de los trabajadores de Polonia y optimizar así la estructura de edades de los miembros del Supremo con responsabilidades directivas.
El fallo dice que la reforma no resulta adecuada para alcanzar estos objetivos, ni tampoco proporcionada. Su motivo real, agrega, parece ser "apartar a un grupo predeterminado de jueces del Tribunal Supremo".
Por todo ello, el Tribunal de Luxemburgo concluye que la ley promovida por Polonia "no está justificada por un objetivo legítimo y viola el principio de inamovilidad del juez, inherente a su independencia". Por tanto, se trata de una norma contraria al derecho de la UE.
Bruselas cree que el objetivo último de esta ley es hacer una purga de jueces incómodos y someter a la judicatura al control político. Una maniobra que supone un "riesgo sistémico" para la supervivencia del Estado de Derecho en Polonia. De hecho, Bruselas ya ha pulsado el denominado 'botón nuclear', el artículo 7 del Tratado, que podría acabar con la suspensión del derecho de voto de Varsovia en la UE.
Varios Estados miembros -entre ellos Holanda, Irlanda y España- aplican ya controles extra a las euroórdenes emitidas por Varsovia. Sin embargo, el procedimiento para sancionar a Polonia por poner el riesgo el Estado de derecho se encuentra bloqueado por el veto que ejercen Hungría y otros países del Este.