La polémica sobre los repartidores de Glovo y la relación que mantienen con la empresa ha dado un nuevo giro de guión; pero ha revelado más preguntas que respuestas.
Si quieres ver el mejor ejemplo de cómo los smartphones y sus apps nos han cambiado las vidas, sólo tienes que mirar al mercado laboral; la aparición repentina de numerosos servicios que nos permiten conseguir empleo ha sido más que sorprendente: está provocando duros choques con el sentido tradicional del “trabajo”.
Trabajo 3.0, trabajas cuando quieras, pero ¿a qué precio?
No es sólo que puedas encontrar empleo con tu móvil; es que han nacido nuevos tipos de empleo que antes no existían, o eran muy diferentes. Eso de poder instalar una app y al momento conseguir un trabajo de lo que sea es tan rompedor, que no es de extrañar que aparezcan problemas.
El caso más famoso es el de las VTC, empresas como Uber o Cabify que nos permiten trabajar de chófer en cualquier momento; una competencia directa al taxi, pero sin necesidad de sus licencias especiales ni sus obstáculos legales. La crisis y las protestas en reacción a la llegada de estas empresas son bien conocidos.
Otro caso importante es el de Glovo. Esta app nos permite solicitar a un repartidor, para que nos traiga o lleve lo que necesitemos; podemos pedirle que nos vaya a la tienda un momento para traernos la compra, que nos traiga la comida rápida que hemos pedido, o que lleve un paquete a un amigo que se encuentra en la otra punta de la ciudad.
Eso son sólo algunos de los ejemplos, pero la idea es la misma: la de un trabajador que transporta una cosa de un sitio a otro. La gran duda es, ¿cuál es la relación entre ese trabajador y Glovo? ¿qué derechos tiene en consecuencia?
Los repartidores de Glovo no son falsos autónomos, según sentencia
Algunos repartidores de Glovo consideran que son falsos autónomos. Es decir, que se han visto obligados a registrarse como autónomos que reciben trabajo de Glovo, como lo podrían recibir de cualquier otra compañía; pero que en realidad tienen una relación en exclusiva con la compañía como si fueran trabajadores con contrato laboral. La única diferencia es que este contrato sería temporal, con la duración de cada envío que cumplen usando la app.
Por su parte, la compañía ha defendido desde el principio que su modelo laboral no encaja con esa descripción; y que la relación laboral que mantiene con los repartidores se ajusta a las condiciones de los “autónomos económicamente dependientes”, que facturan el 75% de sus ingresos con un sólo cliente.
Esta semana un juzgado en primera instancia de Madrid ha dado la razón a Glovo, como apuntan en El Español, después de una demanda de uno de sus repartidores, sólo una de las muchas que tiene pendientes. Los repartidores de Glovo no son por lo tanto falsos autónomos, principalmente porque el juzgado no ha considerado que la relación entre Glovo y los repartidores sea laboral.
Ahí radica tal vez el punto más polémico. La sentencia se basa en la naturaleza flexible de este servicio para llegar a esa conclusión. Y es que los repartidores de Glovo no están obligados a nada; pueden aceptar repartos con total libertad, a la hora y el día que quieran. Los repartidores pueden decidir cuándo y cómo trabajan, incluso ignorando los pedidos que no le interesan.
Sí, los repartidores prestan un servicio; pero la sentencia alega que no tienen ninguna unión con Glovo que les obligue a prestarlo. Pueden simplemente cerrar y abrir la app cuando quieran.
Qué implica esta sentencia para el Trabajo 3.0
Por supuesto, esta no será la última vez que hablemos de este caso; pero las buenas noticias para Glovo y empresas similares es evidente. Servicios como Uber, por ejemplo, estarán muy interesados.
Sin embargo, tal vez son más preocupantes los motivos que el juzgado ha dado para llegar a esa conclusión. Y es que choca directamente con la idea del Trabajo 3.0: que podemos trabajar cuando queramos y como queramos; y no por ello deja de ser un trabajo.
La idea de llegar al trabajo, fichar, trabajar e irse está siendo abandonada en favor de un método más flexible; pero con las leyes actuales, esta flexibilidad puede convertirse en una pérdida de derechos para los trabajadores. Como suele ocurrir, las leyes no están adaptadas a las nuevas tecnologías.
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