La sentencia del caso de los ERE que hizo ayer pública la sala penal del Tribunal Supremo es inequívoca y apenas deja margen para una lectura amable con los condenados. "Los responsables crearon y mantuvieron un sistema de concesión de ayudas sociolaborales para evitar todo control administrativo, disponiendo del dinero público de forma discrecional y al margen de toda legalidad" dice la sentencia.
José Antonio Griñán, exconsejero de Economía y luego presidente socialista de la Junta de Andalucía, utilizó según el Supremo "un criterio ilegal de presupuestación" de las ayudas de los ERE y toleró el uso de fondos públicos "sin control alguno y al margen de cualquier criterio reglado".
La sentencia afirma también que las irregularidades fueron "tan graves y contumaces que excluyen la satisfacción de intereses públicos". Un fragmento que desmonta uno de los principales argumentos esgrimidos por el PSOE y su entorno mediático. El de que Griñán no es un corrupto porque no se benefició personalmente de los 679,4 millones de euros malversados por la Junta socialista.
El alto tribunal llega incluso a decir que los condenados hicieron uso de esos fondos "como si fueran propios, en favor de empresas y personas libremente determinadas y según las preferencias e intereses políticos de las autoridades que concedían las subvenciones".
Dicho de otra manera. Griñán y el resto de los condenados sí se beneficiaron personalmente de los fondos malversados. Porque sólo una interpretación predemocrática y ajena a la más elemental lógica de un Estado de derecho podría sostener la especie de que beneficiarse políticamente del uso delictivo de fondos públicos no implica un beneficio personal para los corruptos.
Y un beneficio, por supuesto, también financiero. ¿O es que Griñán no cobró un salario público por sus cargos en la Junta de Andalucía? Cargos obtenidos en unas elecciones en las que el voto de los andaluces fue condicionado por el uso discrecional de esos fondos.
Ni siquiera el voto particular de la magistrada Ana María Ferrer García, de la asociación judicial afín al PSOE Juezas y Jueces para la Democracia, al que se ha sumado la también miembro de la misma asociación Susana Polo García, se atreve a negar lo evidente.
El voto particular reconoce que los cinco condenados ajenos a la Consejería de Empleo (José Antonio Griñán, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo Serrano, Jesús Rodríguez Román y Miguel Ángel Serrano Aguilar) "colaboraron con sus actos a la implantación de un procedimiento ilegal para la aceleración y agilización del otorgamiento de subvenciones excepcionales en el territorio de Andalucía".
Pero, y aquí está la discrepancia, el voto particular afirma que lo hicieron "con el fin de atender cuanto antes a los problemas que suscitaba la crisis económica en el ámbito laboral y social". Un punto en el que es fácil reconocer otro de los argumentos que ha sido utilizado por el PSOE para rebajar la importancia del delito cometido por los condenados. El de que si la Junta de Andalucía se saltó su propio procedimiento fue porque la crisis económica apremiaba y no había tiempo para la burocracia.
De ese argumento, ciertamente chocante y que permitiría justificar cualquier violación de la ley amparándose en la urgencia de un mal mayor, el voto particular avanza hasta el meollo jurídico de su tesis. Que a los acusados se les "pretende condenar no sólo por un delito de prevaricación, sino también por un delito de malversación derivado de las conductas que realizaron las autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo en la fase final de la ejecución de los presupuestos".
Es decir, que Griñán no sería responsable de las conductas de los funcionarios de la Consejería que repartieron "el importe de las subvenciones en favor de personas y empresas que carecían de derecho a ellas". Y que no siendo responsable de esas conductas, habría sido condenado por un dolo eventual "que en ningún caso ha quedado acreditado", cuando debería haber sido absuelto del delito de malversación.
Queda a criterio del lector decidir si la "pasividad" de Griñán frente a unos actos ilegales de los que fue puntualmente informado y de los que tenía por tanto conocimiento ameritan su condena por malversación, interviniera o no en ellos. Pero lo que parece obvio es que de ellos el expresidente de la Junta obtuvo un beneficio político y personal evidente al que no renunció en ningún caso.
Cuestión aparte es la posibilidad de que el Gobierno se aferre a ese voto particular de dos magistradas "afines" para justificar el indulto de Griñán. Por supuesto, el Ejecutivo está en su derecho de indultar a quien considere conveniente si la decisión se ajusta a Derecho, como dijo el propio presidente durante su entrevista del martes en La 1.
Pero Pedro Sánchez debería ser consciente de que un indulto como este no le resultará gratis en términos electorales, como no le ha salido gratis el indulto a los condenados del procés. De que ese indulto desactivará en el futuro cualquier discurso del PSOE contra la corrupción de otros partidos. Y de que deberá afinar mucho en los argumentos que utilice para justificar un perdón que, probablemente, se concederá por motivos de "justicia y equidad", pero que supondrá también reconocer que la condena es correcta y que el PSOE andaluz es o ha sido un partido corrupto.
Porque la sentencia del Tribunal Supremo es excepcionalmente contundente en sus términos. Más, incluso, de lo que la fue la sentencia del procés.