El informe de la Guardia Civil que figura en la causa de la Audiencia Nacional contra el llamado "CNI catalán" y que publica hoy en exclusiva EL ESPAÑOL demuestra que miembros destacados del entorno de Carles Puigdemont conspiraron para organizar una segunda intentona golpista en mayo de 2019. "El Estado está débil, no aguanta otro referéndum" dijeron los investigados durante una cena en Sant Cugat.
La noticia se suma a tantas otras, y entre ellas la desobediencia de las sentencias judiciales que amparan el 25% de español en las escuelas, que demuestran una voluntad inequívoca del separatismo catalán de generar el caldo de cultivo político, social y jurídico necesario para que esa segunda intentona tenga éxito en el futuro.
No de otra manera puede entenderse la exigencia de ERC de que se reforme el delito de sedición y la disposición del PSOE a concederlo con el argumento, tendencioso, de una supuesta armonización de ese tipo penal con el resto de códigos penales europeos. Unos códigos que no pueden ser analizados sin tener en cuenta la legislación penal de esos países en su conjunto, e incluso las leyes que regulan en qué condiciones se puede o no ejercer la representación política en ellos.
La Ley Fundamental alemana estipula por ejemplo que "los partidos que por sus fines o por el comportamiento de sus adherentes tiendan a desvirtuar o eliminar el régimen fundamental de libertad y democracia, o a poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania, son inconstitucionales".
En Portugal están prohibidos los partidos "de carácter regionalista", algo que incluye, por supuesto, los que defienden la independencia de alguna parte del territorio portugués.
Otros países no prohíben en sentido estricto la existencia de partidos independentistas, pero prevén penas más altas para la sedición y los golpes contra el orden constitucional que el Código Penal español.
En Bélgica, los actos que tienen como objetivo destruir o cambiar la forma de gobierno se castigan con penas de entre 20 a 30 años.
En Alemania se castiga con penas de 10 años a cadena perpetua a quien socave la existencia de la República Federal.
En Francia se prevé cadena perpetua para quienes pongan en peligro los intereses fundamentales de la nación, y entre ellos la integridad territorial.
El Gobierno, en resumen, está comparando el delito de sedición con los tipos penales más leves de otros países europeos que castigan actos como los alborotos, la resistencia o los desórdenes públicos, sin contemplar la posibilidad de que esos actos, como fue el caso del procés, fueran sólo parte de un plan mayor para alterar de forma grave el orden constitucional y la integridad territorial de la nación.
La reforma de la sedición, que el Gobierno negocia hoy con ERC, no tiene pues otro objetivo que garantizar la impunidad de los prófugos de la Justicia que huyeron tras la declaración unilateral de independencia de 2019 y la de aquellos que, en el futuro, pretendan probar suerte una segunda vez.
Es probable que el Gobierno desestime la información que hoy publica en exclusiva EL ESPAÑOL atribuyendo sus revelaciones a fanfarronerías de iluminados. Pero no hay nada que transmita mayor sensación de debilidad que la reforma del delito de sedición. Una invitación abierta a que los separatistas aprendan de la experiencia de 2017 y afinen sus métodos para alcanzar el éxito en una segunda intentona.
Por no hablar de los efectos que tendría la reforma del delito de sedición en los procesos que tienen abiertos los separatistas en los tribunales europeos, y la imagen de desidia y de desprecio por la integridad territorial y el orden constitucional que transmitiría el Gobierno a sus socios de la UE.
Con Puigdemont conspirando desde Bruselas, Junts rompiendo el Gobierno catalán y ERC exigiendo impunidad y "desjudicialización" para los que participaron en el golpe de 2017, la reforma del delito de sedición no sólo es una torpeza, sino una irresponsabilidad que generará en el futuro problemas mucho más graves que los que pretende solucionar.