Por qué la 'ideología de género' es un problema para los derechos del niño
El autor analiza los cambios en la legislación que discrimina entre derechos de niños y niñas, algo impensable para quienes redactaron la Declaración de los Derechos del Niño de 1959.
El colegio de San Hugues de la universidad de Oxford se encuentra al norte de la ciudad, aproximadamente a media hora de paseo del centro. Fundado en 1886 por Elizabeth Wordsworth -sobrina del poeta inglés William Wordsworth-, con la intención de facilitar la educación de mujeres pobres, desde siempre ha permanecido vinculado al movimiento por los derechos de las mujeres.
El pasado diciembre, nada más entrar en el college (yo llegaba para visitar a mi amigo Robert Whitley, un referente de los estudios de psicología masculina desde la universidad canadiense McGill) un cartel celebrando el centenario del sufragio femenino daba la bienvenida a los visitantes con uno de los lemas sufragistas: Salvad a los niños. No por casualidad la organización no gubernamental Save the children debe su existencia centenaria a una de ellas, Englantine Jebb, preocupada por las amenazas a los menores representadas por el hambre y la Gran Guerra.
Un siglo después, el progreso en el reconocimiento de los derechos de los niños no puede cuestionarse, materializándose en distintas declaraciones e iniciativas del ámbito nacional e internacional. Pese a esto, también es cierto que en las últimas décadas prospera en las instituciones globales una distinción de género en la infancia, entre niños y niñas, que no sólo resulta problemática para el verdadero desarrollo de los derechos de todos los niños, sino que se aleja del igualitarismo de las sufragistas, a las que suele considerarse antecedentes del movimiento feminista.
Desde este nuevo paradigma, cabe recordar la firma de una declaración liderada por la ex Alta representante para asuntos exteriores de la Unión Europea, Federica Mogherini, el pasado noviembre, con el ambicioso objetivo de “eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas” en coincidencia con el Día Internacional para la eliminación de la violencia contra las mujeres. O en un entorno más local, la decisión del gobierno autonómico de Madrid, apoyada por toda la oposición excepto por Vox, de negar de facto la asistencia a los niños (varones) en el centro 24 horas recientemente creado “para las víctimas de violencia sexual”.
El uso de esta expresión que se ha vuelto común, “mujeres y niñas” -con la consiguiente elusión de los “hombres y los niños”- es relativamente reciente.
Aunque la Declaración para la eliminación de la violencia contra las mujeres adoptada sin ser votada por la Asamblea general de las Naciones Unidas en 1993, considerada el preámbulo del Día Internacional, introduce una distinción de género en la infancia (“female children”), hay que esperar hasta la Declaración de Pekín de 1995, dentro de la cuarta conferencia mundial sobre las mujeres, para hallar el objetivo explícito de “prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas” (artículo 29).
El artículo 31 de la misma declaración se propone “promover y proteger todos los derechos humanos de las mujeres y las niñas”; el 32 “intensificar esfuerzos para asegurar el disfrute igualitario de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las mujeres y las niñas”; el 33 “asegurar el respeto de la ley internacional, incluyendo el derecho humanitario, para proteger a las mujeres y las niñas en particular”, etc (cursivas mías).
La discriminación de los niños (varones) avanza sin grandes resistencias entre los activistas de derechos humanos
Se ha de subrayar que estas novedosas distinciones entre niños y niñas no forman parte de los compromisos internacionales históricos sobre derechos del niño.
No aparecen en la Declaración sobre los derechos del niño aprobada por la Asamblea general de las Naciones Unidas en 1959, y tampoco lo hacen en la Convención de 1989, mientras que sí se rechaza explícitamente cualquier discriminación a la infancia basada en el sexo en ambos documentos (Principio 1 y artículo 2).
En contraste, en las últimas décadas la elusión, y discriminación de hecho, de los niños (varones) continúa avanzando, sin encontrarse con grandes resistencias entre los activistas de derechos humanos, los políticos o la propia sociedad civil, con algunas honrosas excepciones.
Para poner sólo unos ejemplos -que a buen seguro se pueden multiplicar o actualizar-, sacados de mi propia experiencia de trabajo dentro del Parlamento europeo bajo la dirección de la eurodiputada Teresa Giménez Barbat, las recomendaciones con vistas a la sesión 73 de la Asamblea General de la ONU llaman a “reforzar la protección de las mujeres y las niñas en situaciones de conflicto, especialmente con respecto a la violencia sexual”.
Otra resolución parlamentaria sobre “Igualdad de género y empoderamiento de las mujeres” aprobada en 2018 subraya la “violencia sexual” y la “mutilación sexual” como “factores de discriminación”, pero sólo contra las mujeres y las niñas.
Giménez Barbat fue la única europarlamentaria española en la pasada legislatura (2015-2020), y una de las excepciones generales, que impulsó iniciativas políticas favorables a los hombres y los niños, a través de múltiples preguntas parlamentarias, enmiendas a informes y resoluciones, y eventos de alta divulgación científica que nunca lograron la resonancia mediática y política merecida.
Para poner sólo un ejemplo relacionado con el tema de este artículo, la psicóloga forense Nicola Graham-Kevan, invitada a un seminario insólito sobre violencia doméstica contra hombres en Bruselas, señaló literalmente en su intervención que la evidencia científica sobre el impacto psicológico en los niños (o niñas) de la violencia paterna (o materna) no mostraba diferencias de género significativas y que, en consecuencia, el enfoque político europeo al respecto era “inconsistente”.
Incluso si hablamos de violencia sexual, el consenso internacional apunta a que afecta a los chicos de forma significativa, aunque tiende a ser menos visible.
Los chicos tienden a reportar menos los casos de abusos cometidos contra ellos, lo que provoca escasez de datos
Según estudios dirigidos por UNICEF, los chicos tienden a reportar menos los casos de abusos cometidos contra ellos, lo que provoca escasez de datos: “actualmente no tenemos disponible una estimación global fuerte sobre la violencia sexual contra los chicos en la medida en que sólo tenemos datos comparables de 4 países”.
Otro estudio incide en que los chicos en realidad se enfrentan con un riesgo más alto de morir violentamente, pero “la limitada disponibilidad de datos sobre chicos en relación a la violencia sexual limita nuestro entendimiento”. Mientras que 40 países tienen estadísticas sobre violencia sexual contra las niñas, “sólo 7 disponen de datos comparables sobre violencia sexual contra los chicos”.
Estos estudios suelen notar también diferencias de género en la forma de experimentar la violencia sexual; las niñas son en general más vulnerables al abuso psicológico y la victimización sexual, especialmente tras la pubertad, pero los niños son más vulnerables a la violencia física, desde el homicidio a la “violencia colectiva”, pasando por los castigos en las escuelas. El mismo estudio relata que “los niños de 8 años tienen muchas más probabilidades de reportar experiencias de castigo corporal por los maestros que las niñas de la misma edad”.
Al segregar a los niños por su sexo o género, el discurso hegemónico de las instituciones internacionales, incluyendo la ONU, la Organización Mundial de la Salud y el Parlamento o la Comisión europea, está de hecho ayudando a ocultar, ignorar o subestimar problemas experimentados comunmente por los niños y los adolescentes en todo el mundo, desde el fracaso escolar, a la violencia sexual, incluyendo la mutilación sexual por razones no médicas -como muestra el trabajo incansable de Brian D. Earp, también desde Oxford- exacerbando así lo que Warren Farrell llama “crisis de los chicos”, y cuyas consecuencias sociales negativas no deberíamos menospreciar.
Hay que subrayar que esta nueva perspectiva ideológica, aunque saludada con normalidad por políticos, periodistas y otros actores sociales, en realidad no estaba incluida en las pioneras en la lucha por los derechos de las mujeres, ni en el derecho internacional clásico sobre los derechos del niño.
Tan sólo me queda recordar el primer principio de la Declaración de los Derechos del Niño de 1959: "Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia".
*** Eduardo Zugasti es filósofo.