La Fiscalía de Barcelona ha recurrido ante el juez de vigilancia penitenciaria el tercer grado de seis de los nueve presos del procés, y ha pedido que se suspenda inmediatamente el régimen de semilibertad que les concedió la Generalitat el 14 de julio. Gracias a esa medida, estos presos sólo tienen que ir a dormir a prisión de lunes a jueves.
Los escritos del fiscal van dirigidos contra la decisión que beneficia al ex vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, los exconsellers Raül Romeva y Joaquim Forn, así como a los ex líderes de la ANC Jordi Sànchez y de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. El Ministerio Público pide que la suspensión de su semilibertad sea inmediata.
Los argumentos del fiscal son contundentes. Por ejemplo, en el escrito en el que pide que se revoque la decisión sobre Junqueras, recuerda que "utilizar la progresión al tercer grado en fases tan iniciales de cumplimiento de la pena" es "un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento".
En ese mismo escrito, el fiscal recuerda que Junqueras no ha cumplido siquiera un cuarto de la condena que le fue impuesta, que el amplio régimen de salidas que se le ha estado concediendo es "del todo inusual" y que la rapidez con la que se le ha concedido por último el tercer grado "muy lejos de favorecer el cumplimiento de los fines de la pena, lo que hace es crear una total sensación de impunidad, tanto en el interno como en la sociedad".
En ese sentido, recuerda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que establece que la condena no sólo persigue la reeducación del interno, sino que tiene un "carácter retributivo". Por eso, en la clasificación de los penados "debe tenerse en cuenta no solo la personalidad y el historial individual" sino también "la duración de la pena" y la gravedad del delito.
Necesario tratamiento
Para el fiscal, si Junqueras y el resto de presos del procés disfrutan de semilibertad, tendrán "escasísimas posibilidades de tratamiento" y, de esa manera se estará "vaciando en gran medida el contenido de la pena impuesta por el Tribunal sentenciador".
Respecto al caso concreto de Junqueras, el Ministerio Público recuerda que su paso al tercer grado "es incompatible con la necesaria realización de los fines retributivos y de prevención" de la pena y que, además, se avanza en su situación penitenciaria sin que se cumplan las condiciones para hacerlo, por cuanto el preso "continúa" sin reconocer el delito, "no habiendo superado ningún programa específico de tratamiento para abordar tal déficit".
"La pena ha de constituir un medio de utilidad social y de intimidación al delincuente, causando en el autor una sensación de que su proceder tiene unas consecuencias perjudiciales. El internamiento efectivo es el único modo de concienciar al delincuente de que no puede abusar de la situación de poder que ostentaba convirtiendo su propia voluntad en ley", añade el escrito.
El fiscal explica que el tercer grado supone el nivel más alto de libertad dentro de los grados de clasificación penitenciarios y requiere, por tanto, que el interno haya cumplido todos los fines de la pena, circunstancia que no se da con los seis presos del procés objeto de estos recursos.