Vista de la antigua Fábrica de Tabacos, sede de la Audiencia Provincial de A Coruña

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Ocho años y diez meses de cárcel por arrancar un trozo de labio a su expareja en A Coruña

La condena incluye el delito de maltrato habitual en el domicilio, motivo por el que la víctima rompió la relación, aunque el agresor la abordó después ocasionándole una lesión con resultado de deformidad

23 diciembre, 2019 18:59

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a penas que suman ocho años y diez meses de cárcel a un hombre que arrancó un trozo de labio a su expareja, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

En concreto, le condena a dos años y seis meses de cárcel por un delito de maltrato habitual en el domicilio; a diez meses por lesiones de género y a otros cinco años y seis meses por un delito de lesiones con resultado de deformidad.

De acuerdo con el escrito de calificación fiscal y, según declara probado la sentencia, los hechos comenzaron cuando el hombre inició, a mediados de 2016, una relación con la mujer. Ambos convivieron durante unos dos años en un domicilio de A Coruña en el que se desarrollaron una parte de los incidentes.

El tribunal indica en su fallo que, después de un tiempo de convivencia, el hombre comenzó a mostrar "un carácter agresivo, celoso y controlador", creando en el hogar que compartían con los hijos de ambos, un ambiente "de menosprecio y miedo" con el uso de la "violencia y la intimidación".

Ruptura de la relación

En el marco de una convivencia con insultos y amenazas, controlándole también a la mujer las llamadas, se produjo un nuevo incidente en la noche del 9 al 10 de julio de 2018. En esa ocasión, la agarró por el cuello y la amenazó con hacerle daño a ella y a su hijo recién nacido.

Tras este hecho, la relación entre ambos se rompió. Sin embargo, el 13 de agosto de ese mismo año la abordó en la calle, intentando entablar una conversación a lo que ella se negó.

Con posterioridad, la esperó en la vivienda que habían compartido y la intentó morder en la cara, consiguiendo hacerlo en el labio inferior, donde le arrancó dos tercios del mismo. "Este acto obedeció a una finalidad de poner de manifiesto su dominio sobre la mujer", concluye el tribunal en su fallo.