Los juzgados de Santiago, en Fontiñas.

Los juzgados de Santiago, en Fontiñas. Europa Press

A Coruña

Condenado en A Coruña a dos años de cárcel por abusar de la hija de su entonces pareja

Un hombre de Fisterra fue condenado a cinco años y medio de prisión por abusar de una menor desde que ésta tenía seis años y otro varón, a dos años por tocarle las nalgas a una niña de nueve años en un parque de Arteixo

29 abril, 2021 15:03

SANTIAGO DE COMPOSTELA / A CORUÑA, 29 Abr. (EUROPA PRESS) –

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha acogido este jueves la vista contra un hombre acusado de abusar sexualmente de una niña, hija de su entonces pareja. El procesado ha reconocido los hechos y ha aceptado dos años de prisión y ocho de libertad vigilada.

Con ello, se ha llegado a un acuerdo de conformidad y la sala no ha tenido que celebrar el juicio. Frente a los seis años de cárcel que pedía la Fiscalía, el acusado ha aceptado ser condenado a dos años de prisión y ocho de libertad vigilada por un delito de abusos sexuales continuado, con las atenuantes de confesión y reparación del daño.

Además, no podrá comunicarse con la víctima o aproximarse a ella durante ocho años y deberá indemnizarla con 6.000 euros. La pena de prisión se suspenderá con la condición de que siga tratamiento psiquiátrico, no delinca y cumpla el alejamiento durante el tiempo de la suspensión.

Según recoge el escrito de acusación del Ministerio Público, los hechos por los que se le ha condenado ocurrieron desde que la víctima contaba "con tan solo cuatro o cinco años de edad", cuando el acusado "comenzó a sentirse atraído" por ella.

Entre los años 2013 y 2018, el hombre vivió con su pareja en el partido judicial de Santiago de Compostela, un periodo durante el cual, de acuerdo con el relato de Fiscalía, aprovechaba que la madre de la niña no estaba en el domicilio para buscar un contacto con ella con el que "satisfacer sus instintos sexuales".

En alguna ocasión, llegó a acudir a la cama de la menor mientras dormía "para tocarla, primero la espalda y después la zona vaginal", llegando incluso a desnudarse y a masturbarse.

Estos hechos se produjeron hasta diciembre de 2017. En mayo de 2018, el acusado decidió confesar lo que había hecho a su entonces pareja, que de este modo decidió poner fin a la relación, denunciarlo y solicitar una orden de alejamiento no solo con respecto a la menor que había sido víctima, sino también a la hija común de ambos, de cuatro años de edad.

La niña que sufrió los abusos, explica Fiscalía, acudió a terapia psicológica a raíz de estos hechos que, no obstante, "se niega a afrontar". Por esto mismo, no se pudieron determinar las consecuencias psicológicas que pudo tener en su desarrollo.

Cinco años y medio por abusar de una menor desde que tenía seis años

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a cinco años y medio de cárcel a un hombre, vecino de Fisterra, por abusar sexualmente de una menor desde que esta contaba con seis años. El tribunal, además, le ha impuesto ocho años de libertad vigilada, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio y aproximarse a la víctima durante ocho años.

Los jueces consideran acreditado que el acusado, que era amigo de la familia de la niña, cometió los hechos "todas las semanas en varias ocasiones", a partir del año 2012, cuando tenía seis años, y, al menos, hasta 2016. "Con el fin de no ser descubierto y mantener el secreto, atemorizaba a la menor con que si lo contaba iría a la cárcel o a un centro, que haría daño a su familia o que no volvería a ver a la hija del condenado, que era su amiga", indican los magistrados en la sentencia, en la que explican que la madre de la víctima denunció los hechos tras descubrir los mensajes que le enviaba el investigado.

Con ello, los magistrados consideran que no se ha acreditado ninguna circunstancia "de la que inferir algún tipo de incredibilidad subjetiva por parte de la denunciante", pues "no consta que, con la incriminación del encausado, fuera a obtener un beneficio injusto". Además, subrayan que la menor "ha sido persistente en su relato", pues lo ha mantenido en el tiempo "sin ambigüedades ni contradicciones esenciales".

Por último, la Audiencia destaca que existen "una serie de corroboraciones periféricas que, analizadas en conjunto, contribuyen a reforzar la veracidad del testimonio de la víctima", entre ellas la declaración de la psicóloga del Imelga, quien manifestó que el relato de la menor es "compatible con una persona que ha sufrido abusos sexuales".

Dos años de cárcel por tocarle las nalgas a una menor en Arteixo

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a dos años de cárcel como autor de un delito de abuso sexual a menor de 16 a un hombre de 71 años por tocar las nalgas a una niña en un parque de Arteixo. Además, ha informado el TSXG, le impuso cinco años de libertad vigilada y la prohibición, durante el mismo periodo, de comunicarse y aproximarse a la víctima.

En el relato de hechos probados, el tribunal señala que sobre las 20:30 horas del 11 de mayo de 2019 la menor, que tenía entonces nueve años, se encontraba en compañía de una amiga en el parque del balneario, sito en la localidad de Arteixo, donde se le acercó el acusado y le tocó las nalgas.

El tribunal asegura que tanto las declaraciones de la menor como de la amiga que estaba con ella ese día son "claras, concisas y persistentes", además de carecer de "contradicciones y de móviles espurios". De este modo, los jueces indican que toman en consideración como prueba fundamental de cargo la declaración de la menor porque es "coherente, clara y congruente", además de estar acompañada por una "explicación gestual del modo en que tuvo lugar el tocamiento".

También señalan que su testimonio resulta corroborado por la declaración de la otra menor, "que arroja un relato igual de preciso, sin rasgos de fabulación o adorno, explicando en un lenguaje coloquial que fue lo que vio en la posición privilegiada en la que se encontraba", añade el tribunal.

En el fallo, se expone que "el acusado niega lisa y llanamente los hechos que se le imputan, tras declararse inocente, y manifiesta desconocer los motivos de la denuncia y posterior acusación". "Esta versión exculpatoria se contradice con el relato de la menor y su amiga, declaraciones que convencen plenamente al tribunal, por su claridad, concisión, persistencia, ausencia de contradicciones y de móviles espurios", sentencia.