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Ley Trans y de Derechos LGTBI: Alas Coruña explica las claves de una norma "histórica"
La Ley Trans y de Derechos LGTBI ya es una realidad tras entrar en vigor el pasado 2 de marzo. Esta plantea cuestiones "muy significativas y relevantes", como la autodeterminación de género, la prohibición de las terapias de conversión y la filiación de hijos de mujeres lesbianas o bisexuales
5 marzo, 2023 05:00Tras varias prórrogas para su aprobación, la Ley para la igualdad real y afectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI ya es una realidad. "Es una Ley histórica que supone un gran avance en derechos sociales y que logra ponernos a la vanguardia en Europa y en el mundo", apunta a Quincemil la presidenta de la Asociación pola Liberdade Afectiva e Sexual da Coruña (Alas Coruña), Ana Fernández.
Esta Ley ha entrado en vigor este jueves 2 de marzo tras ser publicada un día antes Boletín Oficial del Estado (BOE). Una mayoría feminista que "cierra armarios y abre ventanas de felicidad y derechos" en palabras de la ministra de Igualdad, Irene Montero.
"Ha sido un camino duro e incluso violento por el debate que ha suscitado. Estamos viviendo un momento muy complicado donde las fake news están a la orden del día, algo que ha hecho mucho daño al proceso y a las personas a las que afecta de forma directa esta Ley", señala Ana Fernández, quien confiaba en que "el sentido común iba a prevalecer".
La Ley para la igualdad real y afectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI plantea cuestiones "muy relevantes y significativas" para el colectivo, como la autodeterminación de género que permitirá a los españoles de más de 16 años cambiar su nombre y sexo en el Registro Civil sin ningún tipo de requisito. Estas son las claves principales:
Autodeterminación de género
"Las personas trans ya no tienen que supeditar la validez de su identidad a informes médicos y otro tipo de juicios por otras figuras o personas dentro de cada proceso", subraya Ana Fernández. La norma publicada el miércoles en el BOE establece el principio de autodeterminación del sexto registral, pudiendo las personas mayores de 16 años cambiar de sexo en el Registro Civil sin necesidad de presentar un informe médico o psiquiátrico ni justificar dos años de hormonación para hacer efectivo dicho cambio.
De esta forma, aquellos menores entre los 14 y 16 años también podrán llevar a cabo este proceso, siempre y cuando lo autoricen sus progenitores o tutores legales, mientras que los jóvenes entre los 12 y 14 años necesitarán la autorización de un juez. En el caso de menores de 12, sólo podrán cambiar su nombre en el DNI. También posibilita este trámite a personas extranjeras para documentos expedidos en España.
"Esta Ley no va a solventar todas las dificultades que sufre uno de los colectivos más oprimidos y discriminados, pero nos ofrece un marco legal que implementar con la ayuda de las instituciones pertinentes", señala Ana Fernández al tiempo que subraya que "esta norma habla de medidas de promoción y de igualdad en el trabajo, en la sanidad y en el sistema educativo".
Sobre los tratamientos hormonales en personas con disforia de género, la presidenta de Alas Coruña opina que la ley de 2007 quedaba "muy desfasada" porque "asumía que el recorrido de una persona trans comenzaba con una sesión con el psiquiatra, seguía con otra con el endocrino y terminaba en una operación, junto con el cambio del sexto registral".
Si bien, la Ley aprobada en el Congreso de los Diputados reconoce que "no hay un modelo con una determinadas cuestiones que cumplir". "Hay personas trans que pasan por tratamientos de terapia hormonal y otras que no, mientras que otros quieren someterse a una cirugía de reafirmación de género".
"Hormonarse o no tiene que se estar en la libertad de cada persona y lo que no puede ser es que se obligue al colectivo a ello para poder realizar un cambio en la mención registral del sexo. Una persona cisgénero nunca ha tenido que ir a una unidad de salud mental para que le confirmasen que si era o no un hombre o una mujer", concluye Ana Fernández sobre este asunto.
¿Cuáles son los pasos para hacer efectivo el cambio de sexo registral?
El Ministerio de Igualdad apunta que "la persona trans es quien decide quién es y el Estado le da por fin ese derecho a ser". Para hacer efectivo dicho cambio en el Registro Civil, la persona interesada deberá cubrir un formulario en el que recogerá su disconformidad con el sexo mencionado, junto con una petición de cambio. Previamente, se le informará de las consecuencias legales que tendrá dicho cambio.
"En el plazo máximo de 3 meses la persona llevará a cabo una nueva comparecencia para ratificar su solicitud y la persistencia de su decisión de cambio de sexo. Por tanto, se ratifica la persistencia de esa decisión, no la identidad de género de esa persona", informan desde el departamento de Irene Montero al tiempo que indican que "finalmente, la persona encargada del Registro Civil deberá dictar una resolución en el plazo máximo de un mes tras la doble comparecencia".
Prohibidas las terapias de conversión
El artículo 17 de la conocida como ‘Ley trans’ prohíbe "las prácticas de métodos, programas y terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento, en cualquier forma, destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el consentimiento de la persona".
"Celebramos que esta Ley prohíba una de las formas de violencia más terribles que sufre nuestro colectivo", apunta Ana Fernández, quien recuerda que "siguen existiendo". "Son terapias muy salvajes con las que se actúa a través del sufrimiento y que lógicamente no funcionan porque cada persona es quien es. Lo único que provocan son miedos y rechazos".
Filiación de hijos de mujeres lesbianas o bisexuales
"La sociedad no es consciente de este tipo de cuestiones, pero para nuestro colectivo es muy importante porque en una relación hetero nunca se ha pedido que estén casados o sean parejas de hecho", dice la presidenta de Alas Coruña, quien comenta que esta Ley también garantiza el acceso universal a los tratamientos de reproducción asistida para parejas de mujeres "que en muchas comunidades autónomas estaban vetadas". Las personas trans con capacidad de gestar tendrán acceso en las mismas condiciones, según recoge la Ley.
Derecho personas intersexuales
El Ministerio de Igualdad indica que también se legislan por primera vez derechos fundamentales para las personas intersexuales, como son el "derecho a no sufrir mutilación alguna al nacer o el de no tener que ser inscrita en un sexo que no tienen definido durante los primeros meses de vida".
Cuestiones pendientes para Alas Coruña
La presidenta de Asociación pola Liberdade Afectiva e Sexual da Coruña subraya que "siempre quedan muchas cosas pendientes", ya que esta ley "nos da un marco legislativo", pero "ahora hay que implementarlo y trabajar con las instituciones pertinentes para que esta se cumpla".
En este sentido, explica que el principal punto pendiente para Alas Coruña afecta directamente al colectivo de personas no binarias y es que "el texto excluye dicha entidad como una entidad jurídica propia." Además, "en menores trans hay personas que pedían una mayor laxitud".
A pesar de ello, Ana Fernández asegura que "es una Ley pionera y muy avanzada", por lo que "confiamos que en el futuro podamos ir incluyendo las nuevas necesidades o las que ya había por parte del colectivo para que sean reconocidas legalmente".
"Debemos seguir trabajando con las empresas y los centros de trabajo para implementar protocolos de igualdad, además de apostar por el ámbito educativo para hablar de la diversidad, dos pilares fundamentales para continuemos avanzando", concluye la presidenta de Alas Coruña.