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La condena del caso Samuel Luiz está todavía pendiente de posibles recursos
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma que el plazo sigue abierto. Tres de las defensas recurrirán
Más información: Sentencia del caso Samuel Luiz: un total de 74 años de cárcel para los culpables del asesinato
El pasado 8 de enero se conocía la condena a cuatro acusados por el crimen de Samuel Luiz. La sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña dictaba entre 10 y 24 años de cárcel para los culpables del asesinato del coruñés. La condena continúa sin embargo todavía pendiente, ya que las defensas están en plazo de presentar recursos ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
La Fiscalía ya anunció la semana pasada que no recurrirá la sentencia del órgano provincial, de tal manera que no impugnará la condena que pesa sobre cuatro de los acusados. En total, las penas suman 74 años y medio de cárcel.
En un comunicado, el Ministerio Fiscal considera "que no cabe recurrir su absolución, pidiendo la nulidad y repetición del juicio, ya que la decisión del jurado está motivada y correctamente fundamentada".
En información del alto tribunal gallego recogida por Europa Press, se explica que el plazo de recursos comienza desde la última notificación realizada personalmente a los acusados. Tres de ellos se encuentran en prisión, por lo que se les ha tenido que dar aviso en los centros penitenciarios en los que se encuentran. Esto "implica la emisión de exhortos".
Así, se confirma que la Audiencia Provincial no ha ampliado ni interrumpido el plazo para presentar recursos.
El TSXG también ha declarado que algunas de las partes personadas han solicitado "grabaciones a mayores de las que ya les había faciliado la Audiencia de A Coruña", algo que no tiene "incidencia" en los plazos.
Las defensas recurrirán
Hasta el momento, algunas defensas ya han confirmado que recurrirán la condena de la Audiencia Provincial. Es el caso de Alejandro F.G., de Kaio A.S.C. y de Alejandro M.R.
Luis Manuel Salgado, abogado de Diego M.M. continúa analizando la "viabilidad jurídica". En declaraciones a este medio tras conocerse el fallo explicó que tiene que ver primero "la fundamentación" para luego estudiar la viabilidad del recurso.
La única chica acusada, C.S.B., fue la única declarada no culpable. Diego, su pareja entonces, se enfrenta a 24 años de cárcel por agravante de discriminación por motivos de orientación sexual. El máximo legal es de 25 años.
Su letrado ha confirmado a Europa Press que está estudiando la sentencia y "la viabilidad jurídica del recurso" y ha avanzado que si entiende que tiene "sustento" lo articulará de cara a su presentación ante el TSXG.
Por su parte, a Alejandro F.G. la Audiencia de A Coruña lo condenó a 20 años de cárcel pues explica que la no concurrencia de circunstancias agravantes ni atenuantes determina la imposición de la pena en su mitad inferior, lo que abarca un arco punitivo que va de 15 a 20 años de prisión, al igual que en el caso de Kaio A.S.C.
A este le impuso un total de 20 años y medio —17 años por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia— pues indicó que su intervención en el asesinato "no alcanza la entidad" de la de Diego M.M. y Alejandro F.G.
A Alejandro M.R. lo condenó a 10 años de cárcel ya que, al tratarse de un cómplice de asesinato, señaló que procedía imponer la pena inferior en grado que, en este caso, abarca un arco punitivo de 7 años y medio a 15 años de prisión.