Gente, mascarilla.

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Galicia

Nuevas medidas en Galicia: ¿Qué se puede hacer y qué no desde este viernes?

Te detallamos las nuevas normas que regirán la vida de los gallegos durante los próximos días

19 marzo, 2021 06:00

Galicia estrena este viernes nuevas medidas. Medidas que regirán el puente de San José y los primeros días de Semana Santa, pues la Xunta prevé revisar estas normas a finales del mes de marzo y no descarta en endurecerlas en caso de que la situación epidemiológica así lo requiera.

Las principales novedades, ya anunciadas este miércoles por el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, son la división de la comunidad en cuatro niveles de restricciones (máximo, alto, medio y medio-bajo) y la ampliación de horarios y aforos en la hostelería, así como la prohibición de reunirse con personas no convivientes en domicilios. Pero hay otras muchas medidas que los gallegos deben tener en su día a día. A continuación, la resumimos.

Toque de queda

Por el momento, y hasta la nueva reunión del comité clínico -prevista para el 29 o 30 de marzo– el toque de queda se mantiene a las 22.00 horas. El Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas acordaron en el Consejo Interterritorial de la semana pasada flexibilizar el toque de queda hasta las 23:00 horas, aunque finalmente Galicia mantiene las 22:00 horas como límite.

Cierre perimetral de Galicia

La comunidad gallega lleva cerrada perimetralmente varios meses y así continuará durante el puente de San José y Semana Santa.

Sin procesiones

La asistencia a lugares de culto está limitada al 50% de ocupación, salvo en Maside, Paradela y Vilardevós, donde no se podrá superar el 30%. Se prohibe las procesiones y uso exterior de los edificios y la vía pública para la celebración de actos de culto.

Velatorios y entierros

Ls velorios se podrán realizar con un límite máximo en cada momento de 10 personas por túmulo y de 25 personas en exterior, sean o no conviventes. La participación en la comitiva para entierro o incineración se restringe a un máximo de 25 personas, además de la personas que oficie el culto.

Uso de las playas

De cara a los días festivos de Semana Santa, la Consellería de Sanidade ha incluido en la orden de medidas de prevención de la covid-19 la regulación del uso de playas, donde, como ocurrió durante el pasado verano, los respectivos ayuntamientos deben limitar los aforos para garantizar la distancia de seguridad y se ciñen los grupos al máximo de seis personas, en caso de ser no convivientes.

Las mascarilla será obligatoria salvo en el momento del baño y cuando se esta tomando sol en la toalla, que debe estar debidamente separada de la del resto de personas que estén en el arenal.

Comercio

Los establecimientos comerciales no podrán superar el 50% de su capacidad y su horario tope de cierre es a las 21.30 horas. En el caso de los centros comerciales, la capacidad de las zonas comunes queda limitada al 30% y no se permitirá la permanencia en la clientela en dichos espacios.

Hostelería

Según el documento publicado en el DOG, la hostelería en Galicia se regirá por un sistema de cuatro niveles. En concreto, el nivel de máximas restricciones sigue sin cambios y afecta a los ayuntamientos que tienen una incidencia de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes. A partir de este viernes son: Vilardevós, Paradela y Maside.

El nivel de restricciones alto se aplica a ayuntamientos con una incidencia entre 250 y 500 casos por cada 100.000 habitantes. Medidas: hostelería hasta las 21,00 horas y solo apertura de terrazas con un aforo del 50 por ciento. Se aplicará a los siguientes municipios: Sobrado, Boborás, A Mezquita, Pontecesures, Neda y Arteixo.

El nivel de restricciones medio se aplica a ayuntamientos con una incidencia entre 250 y 150 casos por cada 100.000 habitantes, que suman, tras la última actualización de este miércoles, un total de 14: Boimorto, A Coruña, Culleredo, Mugardos, Ponteceso, Valdoviño, Bergondo, Laxe, Chantada, Guitiriz, Pantón, Sober, Soutomaior y Coles.

Las medidas para este grupo de municipios (el 12,4 por ciento de la población) son la apertura de la hostelería hasta las 21,00 horas, con un 30 por ciento de aforo en el interior y un 50 por ciento de las terrazas.

Finalmente, el nivel de restricciones bajo se aplica a los ayuntamientos que tienen una incidencia de menos de 150 casos por cada 100.000 habitantes y que son 290 en toda Galicia, el 85,6 por ciento de la población. La hostelería podrá funcionar con un aforo del 50 por ciento interior y un 75 por ciento en las terrazas.

En los interiores de los establecimientos de hostelería (abiertos en los niveles medio y bajo) solo podrán reunirse cuatro personas (sean o no convivientes) y en los exteriores (nivel alto, medio y bajo), hasta seis. Asimismo, los locales podrán prestar servicio de recogida hasta las 21,30 y de entrega a domicilio hasta medianoche.

Ferias y mercados

La capacidad de las feria y mercados vendrá determinada por el número de puestos autorizados:

  • En los mercados con menos de 50 puestos autorizados, podrán disponer del 100% de los puestos
  • En los mercados que tengan entre 50 y 100 puestos autorizados, podrán disponer del 75% de los puestos
  • En los mercados que tengan más de 100 puestos autorizados, podrán disponer del 50% de los mismos

Hoteles y albergues

Los hoteles albergues y establecimientos turísticos permanecerán abiertos. Los albergues podrán mantener una ocupación máxima de un 30% de las plazas en los espacios de alojamientos compartido.

La ocupación de las zonas comunes de hoteles, albergues y alojamientos turísticos no podrán superar el 50% de su capacidad.

Parques

Los parques infantiles, parques biosaludables, zonas deportivas, pistas de skate o espacios de uso público al aire libre podrán estar abiertos al público siempre que en ellos se respete una capacidad máxima estimada de una persona por cada cuatro metros cuadrados.

Deporte y actividades al aire libre

La última orden de medidas establece tres niveles para la práctica de deporte no federado, según la situación del municipio en cuestión.

  • En los ayuntamientos en nivel máximo de restricciones, la práctica de actividad deportiva no federada "solo podrá realizarse al aire libre o en instalaciones deportivas al aire libre", de forma individual o con personas convivientes.
  • En los municipios en nivel de restricciones alto y medio, la practica deportiva al aire libre podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico, hasta un máximo de seis personas simultáneas, sean o no convivientes, sin contar el monitor. En las instalaciones cerradas, los grupos serán de cuatro personas, más el monitor, sin superar el 30% de capacidad máxima.
  • En los ayuntamientos en nivel de restricciones bajo, el deporte al aire libre podrá realizarse de forma individual o colectiva hasta un máximo de seis personas, más el monitor. El deporte en interiores será en grupos máximos de cuatro personas más el monitor y no se podrá superar el 50% de la capacidad del recinto. En todos los casos, la mascarilla será obligatoria.

Al igual que en la anterior normativa, se podrán realizar actividades de turismo al aire libre organizadas por empresas habilitadas. Para ellas, se amplían los aforos, ya que podrán ser de un máximo de ocho personas más el monitor, sean o no convivientes.

En los centros de interpretación y visitantes, aulas de naturaleza, casetas y puntos de información de la red de espacios protegidos no se podrá exceder el 50 por ciento de su capacidad y se respetará el máximo de seis personas en las actividades de grupo, sean o no convivientes.

Actividades culturales

Los eventos culturales y deportivos podrán desarrollarse al 30% de ocupación. En los municipios que se encuentren en nivel 1, 2 y 3, el límite máximo es de 250 personas en lugares cerrados y de 500 en lugares abiertos.