Pasillos del complejo administrativo de San Caetano, sede de la Xunta.

Pasillos del complejo administrativo de San Caetano, sede de la Xunta. Europa Press

Galicia

El TSXG reconoce como indefinidos a dos interinos de la Xunta al aplicar la doctrina europea

El Tribunal señala que en ambos casos se había superado el plazo legal de tres años sin cobertura de las plazas que ocupaban

29 junio, 2021 17:16

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 29 Jun. (EUROPA PRESS) –

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido como personal indefinido no fijo a dos empleados públicos de la Administración autonómica que desempeñaban sus funciones como interinos. La decisión de la sala de lo Social del Alto Tribunal gallego se produce en aplicación de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que determinó los tres años como plazo máximo para que un interino ocupe una plaza sin que esta se cubra a través de un proceso de selección.

Los dos trabajadores a los que, a través de estos fallos del TSXG, se reconoce como indefinido no fijo desempeñaban sus servicios en la Consellería de Medio Rural y en la Consellería de Política Social, el primero como bombero forestal y el segundo como empleado en el centro de mayores de Cerdedo (Pontevedra). Así, el bombero ocupaba su puesto desde julio de 2012 mientras que el segundo lo hacía desde enero de 2009. En ambos casos, la sala aplica el criterio de la justicia europea y eleva su condición laboral a la de indefinido no fijo por rebasarse el plazo legal de tres años en sus puestos.

En un comunicado, el TSXG incide en que las resoluciones del tribunal europeo en su sentencia del pasado 3 de junio establece que las consideraciones presupuestarias "no pueden justificar la falta de cualquier medida preventiva contra la utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada".

Por tanto, los magistrados gallegos remarcan que "la única medida apta" es "transformar el vínculo laboral existente" para que pase de interinidad por vacante a indefinido no fijo. "No existe en el derecho administrativo ni en el laboral español medida alguna que permita la eficaz protección de los trabajadores interinos de los abusos que puedan producirse", añaden los jueces que firman los fallos.