Ana Sandamil, durante un juicio para ser juzgada por la muerte de su hija.

Ana Sandamil, durante un juicio para ser juzgada por la muerte de su hija. Carlos Castro

Galicia

El TS confirma la prisión permanente revisable a la mujer que mató a su hija en Muimenta (Lugo)

De esta forma, se ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que desestimó el recurso de apelación contra la sentencia del Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Lugo

22 abril, 2024 12:14

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de prisión permanente revisable a Ana Sandamil, la mujer que mató a su hija de siete años en Muimenta (Lugo). De esta forma, se ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que desestimó el recurso de apelación contra la sentencia del Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Lugo.

Los hechos probados destacan que la mujer conocía "la intención del padre de modificar e incrementar legalmente el régimen de visitas, con el fin de que él y la niña pudiera pasar más tiempo juntos". Por otro lado, destaca que la madre era la persona que "debía protegerla de cualquier mal", y también añade que el tipo de trastorno que padecía "no afectaba a sus facultades mentales ni a sus capacidades cognitivas, ni a su capacidad de autocontrol".

"Nos encontramos ante un caso de violencia vicaria, ya que la autora había indagado en Internet sobre los medios con los cuales podía acabar con la vida de su hija, realizando la búsqueda de un veneno llamado estricnina, y era conocedora de la intención del padre de modificar e incrementar legalmente el régimen de visitas, con el fin de que la niña y su padre pudiesen pasar más tiempo juntos", expone el alto tribunal.

Para el Tribunal Supremo, la mujer "acaba con su vida en la forma descrita en los hechos probados siendo consciente de lo que hacía y del alcance y consecuencias de lo que llevaba a cabo respecto de su propia hija en un acto de violencia vicaria no amparable".

Cabe destacar que el jurado fue concluyente a la hora de rechazar cualquier tipo de eximente o atenuante, lo que fue confirmado por el TSJ destacando el TS que "en el momento de los hechos, no le impide estar en plena capacidad de facultades para comprender y entender la ilicitud del acto cometido, lo que fundamentan en las pruebas forenses y de criminalística que demuestran una premeditación de los hechos aportando búsquedas repetidas de sustancias venenosas, simulación de sintomatología psicótica y una clara intención de obstruir a la justicia con el intento de borrado y ocultación de pruebas".