Condenado a 11 años de cárcel por abusar de su hija y obligarla a mendigar en Santiago
La madre de la víctima también ha sido condenada a dos años y nueve meses de cárcel como coautora de delitos de violencia habitual
24 enero, 2023 12:15Magistrados de la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, han condenado a 11 años y tres meses de cárcel a un padre por abusar sexualmente de su hija mayor, obligarla a mendigar y agredirla de forma continuada, tanto a ella como a su hermana. El tribunal también ha acordado condenar a la madre de las menores a dos años y nueve meses de cárcel como coautora de delitos de violencia habitual.
Los hechos se remontan a 2017, cuando la víctima tenía 17 años. Entonces la niña dejó de cursar secundaria por pasar la edad de obligatoriedad, por lo que los padres le forzaron a mendigar, trasladándola en coche desde su vivienda en Padrón a Santiago de Compostela. "La dejaban a las puertas de distintos supermercados", explica la sentencia. Por la noche la recogían y le obligaban a darles el dinero. La situación continuó hasta que la víctima llegó a la mayoría de edad.
Entre los hechos probados, los magistrados incluyeron en la sentencia cómo los padres "propinaban con frecuencia a ambas hermanas, y en especial a la mayor, golpes consistentes en bofetadas, tirones de pelo o empujones, llegando su madre a golpearlas con una escoba o con una zapatilla; y su padre, con el cinturón".
El tribunal detalla que las agresiones se dieron en repetidas ocasiones desde la infancia de las niñas y que no fue hasta que la mayor dejó de vivir con la familia que cesaron. Entre los motivos para las palizas los condenados señalaban "el modo en que desarrollaba las tareas domésticas que le ordenaban o el poco dinero que les entregaba tras mendigar".
Agresión sexual continuada
Mientras la hija mayor era menor, el padre "le dijo de forma insistente y repetida que quería mantener relaciones sexuales con ella". Los jueces detallan en la sentencia que la víctima "sin querer ni ser en absoluto su voluntad tener tales relaciones, se sometió días después a las exigencias de su padre a causa de la influencia que este ejercía sobre ella, y mantuvo en repetidas ocasiones, durante los meses de junio y julio, relaciones sexuales con el acusado".
Indican también que "su voluntad se vio doblegada, anulada, por el hecho de ser su padre quien le requería sexualmente, por el peso de los factores psicológicos propios de tal relación y del poder que aquel ejercía en la familia y respecto de su hija, que determinaron que la víctima no fuera capaz de hacer valer su voluntad y se plegase, cediese, ante la insistencia de su padre en realizar unos actos que ella no deseaba en absoluto".
La Audiencia Provincial destaca en particular la fiabilidad de las declaraciones de las niñas, calificándolas de "claras y consistentes a lo largo del proceso" y que "no se advierte, como hipótesis convincente, que actuasen movidas por un ánimo de perjudicar con imputaciones infundadas".
Además de las penas de cárcel, el padre no podrá aproximarse ni comunicarse con la víctima durante 17 años y con su hermana menor, durante cuatro. La madre tampoco podrá acercarse ni hablar con ellas durante cuatro años. Contra la sentencia cabe presentar recurso ante el TSXG.