A Pastoriza (Lugo) condenado por suspender parcialmente la ayuda en el hogar por la Covid
El ayuntamiento deberá pagarle 21.156 euros a la empresa adjudicataria por los perjuicios que le causó la cancelación parcial del servicio entre marzo y mayo de 2020
17 febrero, 2022 12:57El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Lugo ha condenado al Concello da Pastoriza a indemnizar a la que en 2020 era la empresa adjudicataria del contrato de ayuda en el hogar. El ayuntamiento deberá pagarle 21.156 euros por los perjuicios que le causó la suspensión parcial de la actividad entre marzo y mayo de ese año como consecuencia del estado de alarma decretado por la crisis de la Covid-19.
La magistrada indica en la resolución que durante ese periodo la sociedad abonó las nóminas del personal, a pesar de que "solo pudo prestar sus servicios a 13 de los 97 usuarios". Así, la suspensión "afectó, y de modo extraordinario, a la ejecución ordinaria del contrato, al haberse alterado sustancialmente el número de usuarios, uno de sus elementos esenciales".
La sentencia señala que en este caso debe aplicarse el artículo 34.1 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, que dispone, entre otras cuestiones, que cuando la ejecución de un contrato público hubiese quedado en suspenso como consecuencia del estado de alarma, la entidad adjudicadora "deberá abonar al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por este durante el periodo de suspensión, previa solicitud y acreditación fehaciente de su realidad, efectividad y cuantía por el contratista".
La jueza considera "irrefutable" que la Administración municipal acordó la suspensión parcial de la actividad, por lo que la adjudicataria carecía de la posibilidad de ejecutar el contrato. La sentencia recalca que el perjuicio económico ocasionado a la empresa fue "real y efectivo" y que, además, está "perfectamente acreditado" en el informe económico que presentó ante el juzgado.